Jueves, 18 de Abril de 2024
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Opinión

Seguridad Pública, Policía Preventiva y Justicia Cívica

Por Luis Ángel Contreras Malbrán

Los Ayuntamientos como la entidad de gobierno más próxima a la población, tienen mandatos constitucionales que cumplir, entre ellos resulta particularmente importante el de brindar seguridad a los habitantes, partiendo de un esquema de prevención de conductas antisociales.

En 2006 cuando el entonces Presidente Felipe Calderón, solicitó a la hoy extinta Policía Federal y a las fuerzas armadas (Ejército y Marina) el incorporarse a las calles para reforzar las tareas de seguridad pública, lo hizo a partir de un diagnóstico que reveló la debilidad de las policías municipales prevaleciente en casi todos los Ayuntamientos de México. En aquel entonces se dijo que la presencia castrense sería temporal y que en la medida que se fortalecieran las policías municipales paulatinamente soldados y marinos regresarían a sus cuarteles.

A catorce años de distancia de aquella decisión, hoy vale la pena preguntarse si las Policías Municipales continúan siendo sino los eslabones más débiles dentro del esquema Federal para enfrentar los grandes retos en materia de seguridad pública. Podemos observar en gran parte del territorio nacional corporaciones municipales con muy pocos elementos, de estos un alto porcentaje tampoco no tuvo una debida formación en academia, ya en la función, estos hombres y mujeres que trabajan como policías encuentran patrullas en mal estado, (cuando las hay), armamento que difícilmente puede competir con el que poseen las organizaciones criminales, salarios bajos y no en pocas ocasiones el abuso que se da al interior de las corporaciones perpetrado por sus mandos, a lo que debe sumarse como lógica consecuencia la desconfianza social que se ha expresado en encuestas nacionales hacia las policías municipales. Así, aún bajo este contexto tan desalentador mujeres y hombres se ponen todos los días sus uniformes de policías municipales para desempeñar -en un clima por demás adverso- una actividad laboral del más alto riesgo.

Luego entonces, si a más de tres lustros de distancia de aquel 2006 el diagnóstico sigue siendo el mismo, el del “frágil eslabón” que representan estas corporaciones, ¿qué deberíamos replantearnos?, la respuesta se obtiene del artículo 115 de nuestra Constitución, la función esencial de una policía municipal está en su misión preventiva, es decir, atender los orígenes, el gérmen de la delincuencia, antes de que las problemáticas antisociales escalen de nivel y se vuelvan incontrolables.

Por eso desde las Presidencias Municipales se deben diseñar políticas públicas preventivas e integrales, que se plasmen de un modo objetivo en los Planes Municipales de Desarrollo, destinadas a identificar, combatir y resolver los problemas asociados a la pobreza en barrios, colonias y fraccionamientos donde la presencia de la policía vaya acompañada de mejoras en las condiciones de vida para sus habitantes.

Ya Colombia le dio ejemplo al mundo de que la recuperación de espacios públicos es posible al transformarlos en sitios seguros bajo el binomio, más desarrollo menos policía. Cito un ejemplo, si en los municipios mexicanos las faltas administrativas que más se cometen son la ingesta de bebidas alcohólicas en la vía pública vinculada a la alteración del orden, con todo lo que esto desencadena en delitos (violencia doméstica, robos, riñas, accidentes), sobre todo los fines de semana más días festivos, pero si siempre la actuación de la policía municipal es reactiva, pero no se ataca la problemática social de fondo, definitivamente se estará en un perverso círculo vicioso interminable bajo la lógica: detención, ingreso a barandilla, pago de multa, recaudación.

Y entonces nuestros policías municipales se convierten en cazadores de infractores, que se traducen en ingresos para los Ayuntamientos, pero que muy seguramente estos infractores repetirán faltas ante la ausencia de verdaderas acciones preventivas que eviten que un infractor se convierta en reincidente, lo cual no abona en nada para cambiar la realidad de los municipios.

Finalmente destacar una figura muy importante que no se debe dejar de mencionar, el Juez Cívico o Juez Calificador que si o sí, debe estar presente en todos los centros de detención municipal, porque esta figura es el garante de la legalidad y certeza jurídica para todo detenido, porque este funcionario es quien debe explicar al infractor que si se le va a sancionar será en observancia del debido proceso, que antes de pisar una celda preventiva le va a examinar un médico legista para valorar su estado físico y recomendar o no su ingreso, el Juez Cívico es el garante de todos los derechos que le asisten a una persona en situación de detención, quien además evitará aplicar dobles sanciones, pues en tratándose de justicia cívica, pagas una multa o permaneces arrestado no más de 36 horas, pero no las dos cosas.

Por eso amable lector, si de verdad se pretende transformar este país, comencemos a hacerlo desde lo local, desde el municipio libre, con políticas que ataquen las causas no los efectos, que ataquen las problemáticas sociales no a las personas, porque debemos aspirar a un sistema de seguridad pública y justicia municipal, donde el policía inspire respeto porque es un aliado, para que la gente al verlo corra, pero corra a saludarlo y reconocerle esta importante labor. Es cuanto. Jorge Andrés López Espinosa. Pacifista y defensor de Derechos Humanos.


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