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Puebla tipifica el ciberacoso como delito

Puebla tipifica el ciberacoso como delito

Los diputados poblanos tipificaron el ciberacoso como delito y establece penas que van de 11 meses a tres años de prisión a quienes lo cometan

La Silla Rota| | Jueves, 14 de Marzo de 2019| 12:36


  • Por unanimidad de los diputados del Congreso Local, el ciberacoso fue tipificado como delito y establece penas que van de 11 meses a tres años de prisión a quienes lo cometan, lo que se puede aumentar a cinco años de cárcel si el afectado es un menor de edad. Adicional a la privación de la libertad deberán pagar una multa de hasta 50 mil pesos.

    En el caso de la pornovenganza, es decir, cuando una pareja termina una relación y termina por exhibir a su compañera o compañero, o cuando alguien obtiene un celular y publicita imágenes con contenido sexual, son acciones que también se castigarán como parte de la tipificación del ciberacoso.

    El nuevo delito en Puebla, afecta a 28.9 por ciento de la población de 12 años o más en la entidad, ubicada en cuarto lugar nacional con el mayor número de casos, sólo por debajo de Aguascalientes (32 por ciento), Estado de México (30 por ciento) y Quintana Roo (29 por ciento), informó este miércoles el diputado Raúl Espinosa Martínez.

    De acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), 26 por ciento de las víctimas del ciberacoso bloquearon a loS responsable; otro porcentaje similar ignoró la situación y 14 por ciento optó por cambiar de número telefónico.

    Con la reforma y adición al Código Penal del Estado para tipificar el delito de ciberacoso, el Congreso Local hizo historia, manifestó la diputada Nora Merino Escamilla, al garantizar la seguridad de las mujeres en Internet y medios digitales, porque coadyuvarán a  erradicar del mercado digital el acoso y la violencia.

    Los cambios al Código Penal establecen como delito de ciberacoso "a quien hostigue o amenace por medio de las nuevas tecnologías de la información y telecomunicaciones (TICS), redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital que cause un Merino Escamilla.

    Cuando la víctima sea menor de edad, se presumirá el daño a la dignidad por tratarse de una persona en desarrollo psicoemocional y físico. Por ende, la sanción aumentará desde una tercera parte de la mínima y hasta dos terceras partes de la máxima.

    En este sentido, la diputada Nora Merino Escamilla señaló que, al aprobar las reformas y adiciones al Código Penal del Estado, Puebla hace historia al garantizar la seguridad de las mujeres en Internet y coadyuvar en la erradicación del mercado digital de acoso y violencia contra las mujeres.

    La reforma aprobada por el Pleno el miércoles de esta semana, debe ser publicada en el Periódico Oficial del Estado para ser ley.

     


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