El Tribunal Electoral de Hidalgo revocó el acuerdo que permitía al alcalde de Tula, Manuel Hernández, firmar contratos sin aval de la Asamblea municipal
OLIVER GARCÍA| https://lasillarota.com| | Jueves, 21 de Enero de 2021| 16:20
El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) revocó el acuerdo aprobado en la primera sesión ordinaria de cabildo de Tula para que el alcalde Manuel Hernández Badillo suscriba convenios a nombre del ayuntamiento con entidades públicas y privadas, sin el aval de los integrantes de la asamblea municipal.
El magistrado Leodegario Hernández Cortez resolvió los juicios ciudadanos 338 y su acumulado 339, promovidos por los regidores Octavio Magaña Soto y Raquel Arredondo Villeda, relativos a los actos de la sesión del 17 de diciembre del año pasado.
Los quejosos señalaron que se violaron sus derechos de ejercicio del cargo cuando se aprobó por mayoría que el alcalde firme los convenios, pues esto les impediría conocer sobre las decisiones y analizar su alcance.
Rechazaron la aprobación de las "disposiciones administrativas para la atención de la pandemia por covid-19", que faculta a los secretarios del ayuntamiento suscribir actas sin necesidad de que sean rubricadas por el resto de asambleístas.
La autoridad responsable defendió la legalidad de los acuerdos con que constituyen una facultad conferida por la ley a Hernández Badillo y al ayuntamiento para regular cuestiones de salud pública, además de haber sido votadas.
El pleno determinó que existe una restricción al limitar la participación de los ediles de manera activa en las funciones de control y vigilancia de la aplicación correcta del presupuesto, lo que equivaldría a renunciar a sus derechos y obligaciones, e iría en detrimento del carácter colegiado de la asamblea.
Los quejosos también combatieron la integración de la Comisión de Hacienda, que, a decir de los inconformes, no se llevó a cabo en condiciones de igualdad, además que se les negó el derecho a presidir algún órgano colegiado en el cabildo y no se observó el principio de paridad de género.
El municipio sostuvo que este punto también fue sometido a consideración de la asamblea; en tanto, el pleno desechó este punto porque este se circunscribe a la organización interna del ayuntamiento, además de que no se merma su derecho al ejercicio del cargo.
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