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Se exhorta al Congreso del Estado sancionar al alcalde con licencia por violaciones a la Ley Electoral: PAN

Se exhorta al Congreso del Estado sancionar al alcalde con licencia por violaciones a la Ley Electoral: PAN

Emsavalles| | Miércoles, 20 de Junio de 2018| 12:57







  • La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación recientemente ratificó la sentencia que emitió el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí TEESLP sobre la violación que se hizo en el municipio capitalino del plazo legal para difundir el segundo informe de actividades del alcalde con licencia Ricardo Gallardo Juárez Ahora le compete al Poder Legislativo aplicar sanciones al candidato que le impidan la reelección

    Con los expedientes SMJDC1992018 SMJRC282018 y acumulados se buscó confirmar la resolución dictada a principios del mes de abril por el Tribunal Electoral del Estado dentro del procedimiento sancionador TESLPPES012018 en donde se corroboró que el informe de actividades del munícipe se encontraba fuera del tiempo que marca la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales violando el artículo 242 donde se indica que este ejercicio no será considerado como propaganda siempre que se constituya 7 días antes y 5 días después de que se rinda públicamente

    Maximino Jasso Padrón Presidente del Comité Directivo Municipal del Partido Acción Nacional acompañado por la Representante Propietaria del PAN ante el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana CEEPAC Lidia Argüello Acosta y del Secretario General de su partido Luis Ángel Sandoval dieron a conocer que en la ratificación de la sentencia se pronunció y confirmó que efectivamente se registró una violación en cuanto a las fechas para el computo de los plazos en que se rindió el segundo informe de actividades del gobierno capitalino

    Se corroboró que la difusión del informe fue extemporánea se acreditó por la valoración de diversos medios de prueba que presentamos así como las certificaciones del CEEPAC por lo que se señala al presidente con licencia como responsable indirecto de la difusión extemporánea de su informe quien tiene la obligación de cumplir la norma

    Por su parte la representante ante el organismo electoral Lidia Argüello manifestó que ya se presentó un escrito al Tribunal Electoral del Estado para que conforme a los artículos 59 y 60 de la Ley de Justicia Electoral del Estado se ejecuten medidas de apremio para efectos de que la actual legislatura de cumplimiento a la resolución de ejecutoria del Tribunal Electoral del Poder Judicial y además sancione al hoy candidato reeleccionista

    Según las facultades del orden jurídico del Congreso del Estado se indica en la fracción 1 del artículo 115 que el gobierno municipal o ayuntamiento debe de llevar sus funciones de manera directa con el Gobierno del Estado y el Poder Legislativo es el encargado de sancionar las faltas cometidas por los presidentes municipales en el ejercicio de sus funciones no debemos dejar pasar la oportunidad de comprobar a la ciudadanía que nadie está exento de la justicia y que todo servidor público debe sujetarse a los más estrictos compromisos legales del cargo alejado de cuestiones político partidistas o de conveniencia personal

     


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