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Trámites de cambio de identidad de género serán más sencillos que las enmiendas ante el RC

Trámites de cambio de identidad de género serán más sencillos que las enmiendas ante el RC

Juan Hernández| Emsavalles| | Miércoles, 22 de Mayo de 2019| 14:00


  • Desde el pasado viernes 17 de mayo se publicó en el Periódico Oficial del Estado la reforma la denominación del Título Séptimo, Capítulo Primero, y los artículos 63, 64, 65, 66 y 67, y se adiciona al Título Séptimo, un Capítulo Segundo "De la modificación de datos personales contenidos en las actas del estado civil conforme la identidad de género auto-percibida", y el Artículo 2º con una fracción V; al Reglamento de la Ley del Registro Civil del Estado de San Luis Potosí, en donde se habla sobre la identidad de género auto-percibida: El Derecho Humano que tiene toda persona al reconocimiento de su identidad de género percibida libremente por ella misma.

    A este respecto, el Oficial del Registro Civil 01 de Ciudad Valles Víctor Hugo Barrios Barrios comentó que este cambio se considera como un trámite de enmienda, e incluso sus requisitos serán más sencillos que los de una de ellas.

    Pues dijo, será una solicitud por escrito firmada por la persona interesada, en la que manifieste que es su voluntad modificar sus datos personales del estado civil que le corresponde, estos cambios versan no solo sobre el acta de nacimiento, sino también en la de matrimonio, adopción, divorcio y reconocimiento.

    Los documentos se harán llegar a la Dirección del Estado quien es la encargada de resolver la petición de la persona, el interesado deberá ser forzosamente ser mayor de 18 años cumplidos, a partir de que reciben la resolución inician la modificación en el acta del sistema y esos datos se quedan confidenciales.

    Precisó el Oficial que estos trámites son complicados, puesto que cambian por ende todos sus documentos desde la CURP, certificados de estudios, identificaciones, etcétera, trámites que ya les corresponde atender a los interesados, por lo que los exhorta a ser conscientes del trámite que van a realizar.

    El tiempo que toma este cambio en la Dirección puede ser de hasta de 2 o 3 meses o más rápido incluso.

     

    NL-AH


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