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Residuos médicos de Covid-19 mantienen protocolo especial

Residuos médicos de Covid-19 mantienen protocolo especial

Sin embargo, hace unos días se detectó a un camión con residuos biológicos saliendo de la Beneficencia Española, sin las medidas de sanidad correspondientes

Mariel Sánchez| Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Miércoles, 08 de Abril de 2020| 13:20


  • La disposición final de los insumos cualquier artículo médico utilizado para la atención de pacientes con coronavirus, son desechados de acuerdo a un protocolo especial.

    El titular de la Comisión Estatal Para Riesgos Sanitarios (Coepris), Carlos Alberto Aguilar Acosta, detalló que en relación al manejo de residuos peligrosos, biológicos e infecciosos, está regulado a través de la normatividad sanitaria aplicable 087.

    Aguilar Acosta, indicó que esta es una norma de observancia entre dos instituciones, la Secretaría de Salud y la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT),

    "En cuanto a los insumos o material de Protección derivados de la atención de pacientes con Covid-19, el tema es relacionado al manejo como en cualquier otra enfermedad infecto-contagiosa", detalló el comisionado.

    Sobre ello, explicó que previo al deshecho, debe realizarse una clasificación correcta según la norma oficial mexicana mencionada, y tener un destino final adecuado por parte de la clasificación de la misma norma.

    "A través de los procesos que la Semarnat vigila relacionado con la recolección y destino final se hace a través de empresas autorizadas por ellos para tal disposición y deberán contar con celdas especializadas", agregó.

    En cuanto a los procedimientos de sanciones o medidas de seguridad en la recolección o destino final, el titular de la Coepris dijo que ello es aplicado mediante la coadyuvancia a través de la misma secretaría ambiental.

    Cabe destacar, que la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, define como residuos peligrosos a todos aquellos que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables y biológico-infecciosas, representan un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente.

    Estos mismos deberán ser manejados en términos de la propia ley, su Reglamento y normas oficiales mexicanas que expida la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales previa opinión de diversas dependencias que tengan alguna injerencia en la materia, correspondiéndole a la citada SEMARNAT su regulación y control.

    Se señala también que las especificaciones de manejo de estos residuos considerados peligrosos deberan ser desechados mediante bolsas deberán ser de polietileno de color rojo traslúcido de calibre mínimo 200 y de color amarillo traslúcido de calibre mínimo 300, impermeables.

    Sobre el contenido de metales pesados se establece que no deben de ser de más de una parte por millón y libres de cloro, además deberán estar marcadas con el símbolo universal de riesgo biológico y la leyenda Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos (Apéndice Normativo), y cumplir con los valores mínimos de los parámetros indicados en la tabla 3 de la Norma Oficial Mexicana.

    Se determina también que las bolsas se llenarán al 80 por ciento de su capacidad, cerrándose antes de ser transportadas al sitio de almacenamiento temporal y no podrán ser abiertas o vaciadas.

    Referente a los residuos peligrosos punzocortantes el recipiente donde se acumulará deberá ser rigido de polipropileno color rojo, con un contenido de metales pesados de no más de una parte por millón y libres de cloro, que permitan verificar el volumen ocupado en el mismo, resistentes a fracturas y pérdidas de contenido al caerse, destructibles por métodos físicos, tener separador de agujas y abertura para depósito, con tapa(s) de ensamble seguro y cierre permanente, deberán contar con la leyenda que indique, así como contar con el símbolo universal de riesgo biológico.

    Respecto del traslado, se señala que el vehículo de recolección y transporte deberá contar con caja cerrada y hermética, contar con sistemas de captación de escurrimientos, y operar con sistemas de enfriamiento para mantener los residuos a una temperatura máxima de 4°C.

    Además, estos deberán tener una capacidad de carga útil de una tonelada o más, pero también operar con sistemas mecanizados de carga y descarga. Durante su transporte, los residuos peligrosos biológico-infecciosos sin tratamiento, no deberán mezclarse con ningún otro tipo de residuos municipales o de origen industrial.

    Asimismo, solo podrán recolectarse los residuos que cumplan con el envasado, embalado y etiquetado o rotulado. Destaca, que los residuos peligrosos biológico-infecciosos no deben ser compactados durante su recolección y transporte, finalmente se explica que los contenedores referidos en el punto 6.3.2 deben ser desinfectados y lavados después de cada ciclo de recolección.

    A pesar de lo establecido, hace algunos días se pudo observar afuera de la Beneficencia Española, en la capital potosina -donde se registró el primer deceso por Covid-19- un vehículo abierto que transportaba residuos biológico-infrcciosos, sin ninguna medida de seguridad, mismo que dirigió su ruta, hacia el Hospital Central Ignacio Morones Prieto.

    Hasta el momento, las autoridades sanitarias no han emitido ninguna información verificable sobre el manejo de dichos residuos a pesar de haber un protocolo concreto.

     

    MS


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