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Congreso del Estado aprobó el decreto que modifica diversas disposiciones de las leyes electoral del Estado y de Justicia Electoral para el Estado

Congreso del Estado aprobó el decreto que modifica diversas disposiciones de las leyes electoral del Estado y de Justicia Electoral para el Estado

- Se contará con el sistema de elección directa de los jueces, juezas, magistrados y magistradas del estado, bajo el principio de legitimidad democrática y rendición de cuentas: Dip. Rubén Guajardo Barrera.

Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Martes, 17 de Diciembre de 2024| 16:48


  • Por mayoría, el pleno del Congreso del Estado aprobó el Decreto que modifica diversas disposiciones de las leyes Electoral del Estado y de Justicia Electoral para el Estado de San Luis Potosí, para armonizar las leyes secundarias con las reformas constitucionales y legales, aplicables al Poder Judicial del Estado, con el propósito de procurar coherencia y uniformidad en dichas disposiciones.

    El diputado Rubén Guajardo Barrera, presidente de la Comisión de Régimen Interno y Asuntos Electorales, explicó que con estas armonizaciones, se contará con el sistema de elección directa de los jueces, juezas, magistrados y magistradas del Estado, bajo el principio de legitimidad democrática y rendición de cuentas.

    Se establece que las personas juzgadoras del Poder Judicial del Estado, serán los magistrados, magistradas del Supremo Tribunal de Justicia, el magistrado o magistrada del Tribunal Unitario de Disciplina Judicial y los jueces y juezas de primera instancia del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí.

    Las elecciones de personas juzgadoras tendrán verificativo el primer domingo de junio de cada seis años para el cargo de magistrado o magistrada del Tribunal Unitario de Disciplina Judicial, de cada nueve años para el cargo de jueces y juezas de primera instancia y de cada doce años para el cargo de magistrados y magistradas del Supremo Tribunal de Justicia.

    Los jueces y juezas de primera instancia durarán nueve años y podrán ser reelectos de manera consecutiva por una única ocasión, la persona magistrada del Tribunal Unitario de Disciplina Judicial durará en el ejercicio de su encargo seis años sin posibilidad de reelección, y los magistrados y magistradas del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, durarán en el ejercicio de su encargo doce años sin posibilidad de reelección

    El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, será la autoridad responsable de la organización del proceso electivo, su jornada electoral y los cómputos de los resultados electorales

     


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