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Amparo de 2 policías es contra separación, no contra exámenes de control: FSS

Amparo de 2 policías es contra separación, no contra exámenes de control: FSS

-Se ordena reponer el procedimiento.
-Conforme al artículo 123 constitucional se puede llegar a la no reinstalación y al pago, quizá, de un emolumento.

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Miércoles, 25 de Mayo de 2016| 19:59


  • El amparo presentado por 2 elementos de la Dirección de Seguridad Pública del Estado, no son contra los exámenes de control de confianza, si no contra el proceso que se siguió para su separación de la corporación por no haber aprobado dichas evaluaciones, aseguró el titular del Centro Estatal de Control de Confianza, Francisco Javier Salazar Soni.

    El funcionario estatal dijo que lo que ordena la autoridad judicial federal es "que se reponga el procedimiento de separación del cargo, pero si nos apegamos al artículo 123 constitucional opera la no reinstalación, y quizá el pago de una cuestión económica, pero eso debe desahogarse en el proceso que se sigue".

    Explicó que los exámenes se realizan en la Ciudad de México por mandato constitucional, por lo que son homologados a nivel nacional y sus resultados se notifican a los estados, donde a su vez se hacen del conocimiento de la corporación policiaca correspondiente, por lo que el amparo interpuesto por los 2 elementos procede contra la Comisión de Honor y Justicia que implementó su separación del cargo, no contra la evaluación.

    El funcionario estatal aclaró que la evaluación de control de confianza es un procedimiento que se inicia en todas las corporaciones y abarca desde el ingreso, la permanencia y la promoción de los elementos en las instituciones.

    Dijo que los exámenes de control de confianza están elevados a rango constitucional, y que son una evaluación homologada a través de un modelo que se lleva a cabo en el Centro Nacional de Certificación y Acreditación, que emana de los acuerdos nacionales para la seguridad pública del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad.

    Ante esto, indicó que en el caso de los dos elementos amparados, los exámenes se realizaron en la Ciudad de México, de donde "nos enviaron la información, y nosotros notificamos a la dependencia, y hubo probablemente -y de acuerdo a los criterios de las autoridades del Poder Judicial federal - un mal inicio del procedimiento de separación, por lo que los elementos acudieron a la vía del amparo, donde demandan a la Comisión de Honor y Justicia, a la Dirección de Asuntos Internos y al Centro Estatal de Control de Confianza".

    Salazar Soni informó que se busca es que cada institución fortalezca sus procedimientos de asuntos internos y de comisión de honor y justicia de notificación, sobre todo, "al tomar el concepto de presunción de inocencia, para fundar y motivar lo que el centro le informa debe ser apegado a derecho, respetando los derechos de todas las personas que en un momento se les da una notificación en este sentido".

    Finalmente, externó que es importante que las instancias de seguridad pública, la Procuraduría General de Justicia del Estado y los propios ayuntamientos tengan instancias jurídicas y procedimientos claros y precisos en donde se fundamente y se motive el proceso de separación de cargo de cada uno de sus elementos.

     


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