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El diputado J. Guadalupe Torres presentó en sesión ordinaria de una iniciativa de adición del artículo 204 Bis

El diputado J. Guadalupe Torres presentó en sesión ordinaria de una iniciativa de adición del artículo 204 Bis

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Viernes, 21 de Octubre de 2016| 15:15


  • Al Código Penal del Estado para establecer como delito que se perseguirá de oficio, el abandono de un adulto mayor desvalido por parte de sus familiares directos, quienes tienen obligación de brindarle derechos alimentarios, de acuerdo a lo establecido en el Código Familiar del Estado.

    Con ello, se busca evitar el abandono de los adultos mayores por parte de sus familiares directos es cada vez más recurrente, lo cual genera condiciones difíciles de subsistencia para la persona que pueden llevar inclusive a su muerte.

    Se propone que para este delito se impondrá una pena de dos a cinco años de prisión y sanción pecuniaria de doscientas a quinientas unidades de medida de actualización, más la reparación del daño. En el caso de que el abandono traiga como consecuencia la muerte de la persona, se aplicaran las penas que se contemplan para el homicidio por omisión.

    En este mismo supuesto se integran también a los encargados de algún establecimiento público o privado, en que se brinde asistencia integral a adultos mayores, y que no los proporcione de manera adecuada y oportuna.

    "Muchas veces vemos que en el tema de los adultos mayores son abandonados por la misma gente a quienes dieron la vida que son los hijos, se desatienden del tema de los alimentos, los dejan a su suerte y aquí lo que se pretende castigar es el abandono por sí mismo, aquel adulto mayor que sea abandonado por quienes legalmente están obligados a su cuidado deben sufrir una sanción penal, ejemplar", manifestó el legislador.

    Señala en su exposición de motivos, que a pesar de que el Código Familiar del Estado establece en su artículo 146, que las hijas e hijos están obligados a dar alimentos a sus padres y que a falta o por imposibilidad de las hijas o hijos, lo están los descendientes más próximos en grado, es cada vez más frecuente el abandono de adultos mayores.

    Por lo anterior, es que surge la necesidad de buscar las herramientas legales necesarias, que hagan o conlleven al cumplimiento completo, oportuno e inmediato, de todos esos derechos con que actualmente cuentan nuestros adultos mayores; "de ahí que con la presente iniciativa, lo que se busca, por una parte, es que nosotros primeramente como hijos, seamos los primeros en hacer conciencia de esa omisión hacia nuestros padres, y a su vez privilegiar y hacer lo necesario para que los derechos de nuestros adultos mayores sean reconocidos y respetados puntualmente".

    Además, y en segundo lugar, se busca que aquéllas personas que por motivo de su cargo, comisión o empleo, tengan a su cargo el cuidado de adultos mayores, realicen éste con esmero, de manera profesional, humanitaria y oportuna.

    La iniciativa fue turnada para su análisis a las comisiones de Justicia; y Derechos Humanos, Equidad y Género.

     


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