Lunes, 20 de Octubre de 2014
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Ejército debe juzgar a militares: SCJN

Ejército debe juzgar a militares: SCJN

La SCJN resolvió que deberán ser tribunales castrenses los que se hagan cargo de atender los casos en los que la milicia incurra en delitos del orden federal

lasillarota.com| | Lunes, 20 de Octubre de 2014| 14:38


CIUDAD DE MÉXICO.- Los miembros del Ejército Nacional Mexicano que incurran en delitos de narcotráfico y otros del orden federal, deben ser juzgados por un tribunal castrense determinó hoy la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El Pleno de la Corte resolvió así por 6 votos a favor por 4 en contra al señalar que el criterio que se fijó en 2012 sobre los límites del fuero de guerra sólo aplica cuando hay civiles involucrados como víctimas o cómplices de los delitos cometidos por militares, pero no en otros escenarios.

En septiembre de 2012 los magistrados dedicaron más de un mes a revisar procesos penales contra soldados, y declaró inconstitucional el artículo 57 del Código de Justicia Militar, porque otorgaba a la justicia castrense jurisdicción sobre delitos cometidos contra civiles.

En aquella ocasión, dos de los ministros que votaron a favor, Salvador Aguirre y Guillermo Ortiz, ya están retirados, en tanto que Sergio Valls, tiene licencia por lo que cabía la posibilidad de una mayoría en sentido contrario.

Sin embargo, los ministros Alfredo Gutiérrez y Alberto Pérez Dayán, inclinaron la balanza pues  votaron por reiterar el criterio de que los casos que no involucran a civiles son de jurisdicción militar.

Aún cuando el ministro José Ramón Cossío, reiteró la postura planteada en 2012, en el sentido de que "se debe considerar que en términos Constitucionales, nos encontramos en tiempos de paz" y que "a diferencia de los tiempos de guerra, en tiempos de paz, el fuero militar se debe limitar a los delitos y faltas contra la disciplina militar siempre que los sujetos activo y pasivo sean militares, y se encuentren en los espacios indicados en la segunda parte del artículo 129 Constitucional", es decir, los campamentos y cuarteles, la postura, no permeó.

Con una postura menos radical, los ministros Juan Silva Meza, Olga Sánchez Cordero y Arturo Zaldívar también reiteraron su criterio de que el fuero de guerra se debe reducir a los casos que impliquen afectación a bienes o valores propiamente militares.

Sin embargo, de acuerdo con el criterio definido, los tribunales castrenses deberán juzgar a militares que incurran en delitos federales.

bvn

 


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