Viernes, 17 de Julio de 2015
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SAMUEL ROA BOTELLO

Se siguen pagando impuestos después de muertos

Se siguen pagando impuestos después de muertos

Si una persona fallecida deja algún adeudo con el fisco, sus familiares, apoderados o representantes legales tendrán que pagarlo

lasillarota.com| | Viernes, 17 de Julio de 2015| 08:57


Si una persona fallecida deja algún adeudo con el fisco, sus familiares, apoderados o representantes legales tendrán que pagarlo.

De acuerdo con Juan Carlos Roa, socio de Litigio Fiscal de Deloitte, las obligaciones fiscales se mantienen vigentes, ya sea vivo o muerto.

"No desaparece de su lista un contribuyente que pueda tener una responsabilidad frente a las autoridades fiscales del historial que viene uno manejando; si tiene una auditoría abierta o créditos pendientes de pago está registrado, y cuando hay una circunstancia relevante como la muerte no desaparece en automático el adeudo", señaló.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Secretaría de Hacienda está viendo si el adeudo se puede liquidar con la herencia o recursos que la persona fallecida haya dejado.

A la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) llegan frecuentemente las quejas de los hechos mencionados.

Actualmente existen programas de difusión para conocer el modo rápido y sin costo de cancelar el RFC por muerte, con el cual se podrán ahorrar gastos por juicio testamentario.

La cancelación automática del RFC es válida para los contribuyentes sin obligación fiscal, asalariados, los que estén inscritos en el Régimen de Incorporación Fiscal y los que tienen ingresos por intereses o dividendos al presentarse la suspensión de actividades.

En 2014, el SAT registró 4 mil 755 cancelaciones de RFC por defunción.

Roa indicó que al fallecer un asalariado o la persona que tiene ingresos por honorarios, un tercero tiene la facilidad de presentar el aviso de cancelación del RFC. Sin embargo, si tiene la obligación de mostrar declaraciones periódicas en dichas circunstancias se seguirán generando impuestos, aunque el contribuyente haya muerto.

Con información de El Universal

 

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