Sábado, 28 de Enero de 2012
CIUDAD VALLES, S.L.P.
DIRECTOR GENERAL.
SAMUEL ROA BOTELLO

Se espera la creación del Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas de SLP

Se espera la creación del Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas de SLP

Este instituto permitirá la cohesión de programas para atender a las comunidades indígenas del estado.

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Sábado, 28 de Enero de 2012| 13:53


El diputado José Guadalupe Rivera Rivera, presidente de la Comisión de Asuntos Indígenas, hizo un llamado al Ejecutivo del Estado para que a la brevedad se formalice la creación del Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas de San Luis Potosí.

Indicó que ya venció el plazo establecido en la Ley del Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado, que era de 90 días desde la publicación de la legislación referida en el Periódico Oficial, y no se ha formalizado nada de ello.

"El Ejecutivo debe estar por integrar el Instituto con su Junta Directiva, nombrar a su Director y los responsables de sus cuatro áreas de funcionamiento, quedando pendiente la integración del Consejo Consultivo, para lo cual cuanta con 90 días desde la publicación del decreto, mismo plazo para la elaboración de su reglamento, por lo que esperamos ver el interés y la buena voluntad del Ejecutivo para dar cumplimiento con la Ley", manifestó el legislador.

El diputado dijo que esta ley fue aprobada por el pleno del Congreso del Estado el pasado 15 de diciembre del año 2011, siendo publicado el decreto respectivo el 24 de diciembre del mismo año, fecha a partir de la cual, el Ejecutivo contaba con 30 días para realizar el cambio de Coordinación Estatal de Atención a Pueblos Indígenas a Instituto, con todo lo que ello implica.

De acuerdo a lo que dice la Ley, el Instituto debe contar con una Junta Directiva, integrada por el Gobernador del estado y los titulares de Secretaría General de Gobierno; Secretaría de Desarrollo Social y Regional; Secretaría de Finanzas; Secretaría de Educación; Secretaria de Cultura; Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos; Procuraduría General de Justicia; Subprocuraduría Especializada para la atención de Pueblos Indígenas; Servicios de Salud de San Luis Potosí; Procuraduría de Defensa del Trabajo; Instituto Potosino del Deporte; Instituto Potosino de la Juventud; Instituto Estatal de las Mujeres; Instituto Estatal de Atención a Migrantes; Coordinación General de la Defensoría Social y de Oficio; un representante de la Comisión Estatal de Derechos Humanos; y un Secretario Técnico que será la persona titular de la Dirección General del Instituto.

El Consejo Consultivo debe integrarse por personas con conocimientos y experiencia en materia de derechos y cultura indígena propuestos por las comunidades indígenas, mediante un procedimiento en el que, de acuerdo al padrón de las comunidades, se convoque a mujeres y hombres propuestos mediante asamblea comunitaria, jueces auxiliares y comisariados ejidales de las comunidades indígenas para que en una sesión libre y de conformidad a sus procedimientos, elijan a un representante titular y un suplente, hombre y mujer, para ser propuesto al nombramiento como integrante al Consejo Consultivo del Instituto, lo cual será definido por la Junta Directiva, de conformidad a la convocatoria que al efecto se expida en términos del reglamento interior del Instituto.

El número total de integrantes del Consejo Consultivo será determinado por la Junta Directiva, pero en ningún caso podrá ser menor a 24 miembros y contará con cuatro áreas de operación: administrativa; de planeación, investigación y documentación; de desarrollo jurídico; y de promoción, programas y proyectos.

 


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