Viernes, 23 de Marzo de 2012
CIUDAD VALLES, S.L.P.
DIRECTOR GENERAL.
SAMUEL ROA BOTELLO

Declaran región oriente de SLP libre de influenza aviar

Declaran región oriente de SLP libre de influenza aviar

Son 26 municipios los que han cumplido con los requisitos zoosanitarios.

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Viernes, 23 de Marzo de 2012| 15:59


El Diario Oficial de la Federación publicó el acuerdo mediante el cual la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) declaró libre de influeza aviar la zona oriente del Estado de San Luis Potosií que incluye los municipios de Alaquines, Aquismón, Axtla de Terrazas, Cárdenas, Ciudad Valles, Coxcatlán, Ebano, El Naranjo, Huehuetlán, Lagunillas, Matlapa, Rayón, San Antonio, San Martín Chalchicuautla, San Vicente Tancuayalab, Santa Catarina, Tamasopo, Tamazunchale, Tampacán, Tampamolón Corona, Tamuín, Tancanhuitz, Tanlajás, Tanquián de Escobedo, Xilitla y el oriente de Ciudad del Maíz.

De acuerdo a la publicación, se señala que no se detectó la presencia del agente etiológico de la Influenza Aviar notificable, derivado de las acciones coordinadas del Gobierno del Estado, la Federación y los avicultores potosinos en el desarrollo y ejecución de acciones sanitarias para el diagnóstico, control, erradicación y vigilancia epidemiológica tanto activa como pasiva de esta enfermedad.

Se realizaron muestreos epidemiológicos en el 100% de las granjas avícolas en producción, así como en una muestra estadísticamente representativa de la avicultura de traspatio.

El reconocimiento a la Región Oriente de San Luis Potosí, con el estatus de libre de Influenza Aviar notificable, permite a los productores la comercialización de aves, sus productos y subproductos, situación que impactará positivamente en este rubro, cuyo valor en el estado asciende a 242 millones de pesos.

La Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos informó que para continuar esta zona del estado libre de influenza aviar notificable, deberán aplicarse las medidas sanitarias de prevención, control, diagnóstico, vigilancia epidemiológica, trazabilidad, control de la movilización, transporte, tránsito y comercialización de aves, sus productos y subproductos, así como de implementos utilizados en la avicultura.

 


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