Domingo, 04 de Noviembre de 2012
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Fernando Pérez Espinosa presentó una iniciativa de nueva Ley de Protección Civil de SLP

Fernando Pérez Espinosa presentó una iniciativa de nueva Ley de Protección Civil de SLP

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Domingo, 04 de Noviembre de 2012| 05:59


En su exposición de motivos, el legislador indica que tras haberse expedido la Ley General de Protección Civil en junio pasado, es necesario que a nivel estatal se cuente con una legislación en la materia que determine las funciones de los consejos y unidades de protección civil, como organismos con autonomía administrativa, financiera, de operación y de gestión.

Agrega que se debe plasmar en la legislación que los servidores públicos que desempeñan una responsabilidad en las unidades estatales, municipales y delegacionales de protección civil, cuenten con una certificación de competencia que expida alguna de las instituciones registradas en la Escuela Nacional de Protección Civil.

"Por ello, es necesario expedir la Ley de Protección Civil que atienda a las disposiciones que la Ley General de la materia establece, para en ésta propiciar la distribución estratégica de tareas, entre los centros regionales con criterios basados en la localización de riesgos, las necesidades y los recursos disponibles".

En ella, se indica la creación del Sistema Estatal de Protección Civil, el cual estará integrado por: el Consejo Estatal de Protección Civil; la Coordinación Estatal de Protección Civil; el Centro Estatal de Comando de Operaciones; los sistemas municipales de Protección Civil; los consejos municipales de Protección Civil; las comisiones técnicas específicas que sean necesarias para la prevención y combate de fenómenos naturales destructivos; las unidades internas de Protección Civil de las instituciones públicas, sociales y privadas.

Además, se establece la obligación de las autoridades estatales y municipales por fomentar una cultura en materia de protección civil entre la población, mediante su participación individual y colectiva.

También se establece la homologación con la Ley federal, las obligaciones del Gobierno del Estado para contratar seguros y demás instrumentos de administración y transferencia de riesgos para la cobertura de daños causados por un desastre natural en los bienes e infraestructura de propiedad del Estado.

Dicha ley contempla vigilar, que mediante las dependencias e instituciones competentes y conforme a las disposiciones legales, que no se autoricen centros de población en zonas de riesgo y, de ser el caso, se notifique a las autoridades que corresponda para que proceda a su desalojo, así como al deslinde de las responsabilidades en las que incurren por la omisión y complacencia ante dichas irregularidades.

Esta iniciativa fue turnada para su análisis a la Comisión de Puntos Constitucionales.

 


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