Domingo, 12 de Enero de 2014
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Piden fomentar valores de la democracia deliberativa en escuelas

Piden fomentar valores de la democracia deliberativa en escuelas

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Domingo, 12 de Enero de 2014| 15:36


El diputado Manuel Aguilar Acuña presentó una iniciativa de reforma al artículo 10 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, con la finalidad de que la educación que se imparta en nuestro estado incluya la democracia deliberativa y sus valores.

En su exposición de motivos, el legislador precisa la importancia de incluir el término de democracia participativa, a fin de promover la participación de la sociedad en actividades cívicas.

"Considero pertinente reformar nuestra Constitución, para que tal como se está proponiendo en el ámbito federal a propósito de las reformas que permitirán la participación democrática directa de los ciudadanos, podamos hacer congruentes nuestras instituciones de democracia directa con la educación para la democracia que debe estar presente en la formación escolar que imparta el Estado, en el que se incluya la participación de la sociedad, pues una sociedad informada promueve la consolidación democrática, entendida como el proceso de reforzamiento, afirmación, robustecimiento del sistema democrático, encaminado a aumentar su estabilidad, su capacidad de persistencia y a contrarrestar y prevenir posibles crisis".

Señalo que al fomentar estas acciones, se contribuirá a la formación de ciudadanía y a elevar la calidad de nuestra convivencia democrática, la cual será evidente desde las escuelas.

Dijo que en materia de participación democrática, la propia Constitución establece cuatro importantes instrumentos de participación directa: el sufragio, el referéndum, el plebiscito y la iniciativa ciudadana.

Respecto el sufragio la Carta Magna garantiza en su artículo 30 que este es "el derecho que otorga la ley a los ciudadanos para participar en la vida política del Estado y constituye un deber cívico y legal que se ejerce a través del voto para expresar la voluntad soberana del individuo".

En cuanto al referéndum y al plebiscito, el artículo 38 del mismo ordenamiento define que son instrumentos de consulta popular para decidir los actos de Gobierno que determine la ley y, por lo que refiere a la iniciativa ciudadana, ésta se encuentra prevista el artículo 61, mismo que establece que el "derecho de iniciar leyes corresponde a los diputados, al Gobernador, al Supremo Tribunal de Justicia, y a los ayuntamientos, así como a los ciudadanos del Estado".

"Estimamos necesario que si la democracia es no solamente una forma de gobierno sino un sistema de vida, nuestro sistema educativo debería comprometerse con la promoción de la democracia deliberativa y los valores de la democracia como herramientas de pedagogía cívica para favorecer el ejercicio de la ciudadanía en todas y todos los potosinos desde los primeros años de formación escolar y de manera permanente".

Esta iniciativa se encuentra en análisis al interior de las comisiones legislativas para la integración del dictamen correspondiente.

 


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