Martes, 03 de Junio de 2014
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SAMUEL ROA BOTELLO

En SLP se asegurarán cultivos para contrarrestar las posibles afectaciones por contingencias climáticas

En SLP se asegurarán cultivos para contrarrestar las posibles afectaciones por contingencias climáticas

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Martes, 03 de Junio de 2014| 15:47


Como parte de las acciones emprendidas por el gobierno del doctor Fernando Toranzo Fernández para contribuir a impulsar la producción agrícola en nuestro estado, esta administración por primera vez en la historia de San Luis potosí, estableció como política pública el aseguramiento de cultivos para contrarrestar las posibles afectaciones por contingencias climáticas para que los productores puedan recuperar parte de sus inversiones en caso de sufrir afectaciones.

Es importante señalar que la operación de seguro agrícola catastrófico se encuentra ya establecida claramente en las Reglas de Operación de los programas de la SAGARPA publicadas en el Diario Oficial de la Federación, por lo que la Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos (SEDARH) debe en todo momento seguir fehacientemente dichas reglas para el pago del seguro catastrófico.

El objetivo del seguro catastrófico agrícola es que el Sector Rural cuente con apoyos ante afectaciones de desastres naturales que alteren el desarrollo de las actividades agropecuarias, acuícolas y pesqueras.

El aseguramiento de cultivos está enfocado para aquellos productores de bajos ingresos que no cuenten con un seguro público o privado y que se vean afectados por diversos fenómenos naturales relevantes en la actividad agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola o productores que contando con un seguro a través de empresas privadas, deseen asegurar un monto adicional por hectárea a fin de lograr la reincorporación a su actividad productiva en caso de un desastre natural.

En caso de presentarse afectaciones en los cultivos elegibles, es la aseguradora quien realiza la evaluación del daño con la participación de los representantes de cada núcleo agrario.

Como resultado de dicha evaluación, en los núcleos agrarios se da a conocer en una asamblea la superficie reconocida por la aseguradora con daño e indemnizable y es en dicha asamblea en donde se generan listados de los beneficiados sujetos a indemnización, todo de acuerdo a las reglas de operación de SAGARPA.

Los listados mencionados se envían a la Dirección General de Atención al Cambio Climático, unidad responsable de la SAGARPA para su validación y se remiten a la entidad federativa para el pago del seguro.

Los requisitos y documentación que la SEDARH solicita a los productores para acceder a este beneficio se requieren para agilizar el pago, una vez recibida la validación de SAGARPA además de ser los que establece la normativa para este programa.

El seguro catastrófico, no es un apoyo anual, por lo que en estricto apego a la normativa, se brinda el beneficio a aquellos productores que acreditaron sus tierras, sembraron y tuvieron el siniestro dentro de las condiciones de la póliza y los criterios de elegibilidad.

Cabe destacar que la entrega de las indemnizaciones se realiza en esta temporada ya que los productores las aprovechan para operación del ciclo agrícola que inicia en los meses de mayo y junio.

Por ello, con el propósito de traer más beneficios a los productores agropecuarios, se han venido realizando reuniones informativas en los diferentes municipios que fueron afectados en 2013 y se continuará en 2014 con la finalidad de dar a conocer la normativa de este programa, a fin de que evitar interpretaciones equivocadas de las reglas de operación y en este sentido la Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos hace una invitación a todos los productores interesados para que se acerquen a la dependencia para conocer más sobre el seguro catastrófico y no dejarse engañar sobre los requisitos para acceder a este beneficio.

En síntesis, no se puede dar lo que no se tiene, el seguro catastrófico tiene reglas, el beneficio que se brinda a los productores es sólo lo que la aseguradora determina, no lo que pretenden los productores, por lo que deben apegarse a la normativa. Esa es la referencia, debe haber un proceder, y el no cumplirlo, sería actuar de manera unilateral, y eso no lo permite la normativa que rige al seguro catastrófico.

 


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