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Diputados aprobaron reformas para mejorar el servicio que brinda el Registro Civil

Diputados aprobaron reformas para mejorar el servicio que brinda el Registro Civil

- Se estableció que los alcaldes podrán suplir a los oficiales del Registro Civil en caso de ausencia temporal

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Viernes, 24 de Octubre de 2014| 13:00


Con la finalidad de establecer que los oficiales del Registro Civil podrán ser suplidos en sus funciones por los presidentes municipales de los ayuntamientos que corresponda, solamente en el caso de ausencia temporal de aquél o, en caso de urgencia, el Congreso del Estado aprobó refermar la Ley del Registro Civil del Estado de San Luis Potosí; y el artículo Primero Transitorio del Decreto Legislativo número 388 publicado en el Periódico Oficial del Estado el 13 de diciembre de 2013.

La legisladora Ruth Tiscareño Agoitia, dijo que con esta reforma también se señala que para el caso de ausencia por más de diez días hábiles el presidente municipal designará un suplente, en tanto el Ejecutivo del Estado lleve a cabo la habilitación correspondiente.

Destacó que la idea es que cuando los oficiales del Registro Civil se encuentren ausentes o no puedan desempeñar sus funciones, puedan ser sustituidos y evitar con ello que no se ofrezca servicio a las personas.

Además también se resolvió que para que el artículo Primero Transitorio del Decreto Legislativo número 388, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de diciembre de 2013, referente a la reforma que integró una figura de divorcio administrativo, se establezca que la entrada en vigor de esta disposición sea a partir del 1 de enero del 2015.

Lo anterior, a efecto de que se hagan las adecuaciones a la legislación estatal; y que los municipios la consideren en sus respectivos proyectos de leyes de ingresos, debido a que se requiere de todo un andamiaje administrativo para que el Registro Civil en el Estado esté preparado para la implementación del divorcio administrativo.

 


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