Miércoles, 02 de Septiembre de 2015
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Salidas alternas pueden dar solución a un conflicto dentro del NSJP

Salidas alternas pueden dar solución a un conflicto dentro del NSJP

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Miércoles, 02 de Septiembre de 2015| 15:34


Las salidas alternas de solución a un conflicto dentro del Nuevo Sistema Penal Acusatorio son: criterio de oportunidad; justicia alternativa; suspensión condicional del proceso; y proceso abreviado.

Las salidas alternas de solución es una manera de encontrar una solución que permita que a cambio de no ir a prisión, el imputado acepte su culpa y repare el daño ocasionado a la víctima.

Estas opciones se ponen a disposición del imputado y la víctima desde la primera etapa del juicio denominada "Intermedia" y debe aclararse que de no ser efectiva una salida alterna conforme a derecho, se continuará con el procedimiento hasta culminar con la fase del juicio Oral.

Una de las ventajas del nuevo sistema son precisamente las salidas alternas de solución a un conflicto ya que permiten agilizar la solución de los conflictos, ya que debemos tener claro que en el nuevo sistema no todo es cárcel y que existe una serie de delitos, que en lo común conocemos como no graves y que pueden resolverse asegurando la reparación del daño y mediante otro tipo de sanciones.

El criterio de oportunidad se aplica si hay forma de garantizar que el acusado repare el daño ocasionado a la víctima, o esta última manifieste su falta de interés en dicha reparación, el Ministerio Público tiene la posibilidad de no acusar al imputado ante la instancia judicial, por ejemplo cuando:

Exista mínima afectación a la víctima y a la sociedad por el delito cometido; -el Imputado haya sufrido un daño grave al cometer el delito; y/o el inculpado colabore en la investigación de un hecho más grave que el cometido por él.

Justicia Alternativa es el método para lograr un acuerdo entre las partes para reparar el daño, auxiliados por un especialista en mediación o bien en conciliación, y se utiliza bajo las siguientes consideraciones:

Siempre y cuando el acusado no haya celebrado anteriormente otros acuerdos con cualquier persona por la misma causa, es decir, que no se abuse de este beneficio, llegando a acuerdos y evite siempre el juicio.

Además esta alternativa de solución no procederá en casos donde exista in interés público importante como por ejemplo con delitos que atenten contra la seguridad nacional, o en delitos como violación, homicidio o extorsión tampoco existirá este beneficio.

El imputado que por primera vez cometa un delito no grave puede acoger la suspensión condicional del conflicto, tercer alternativa de solución, solicitando al Juez de Control suspenda el juicio a cambio de aceptar la culpa, comprometerse a indemnizar por el daño causado, y asumir las condiciones impuestas por el juez.

Esta alternativa de solución solo será procedente si satisface a la persona afectada en la reparación del daño y cumpliendo con las condiciones impuestas por el juez, de lo contrario el proceso penal se reanudará.

Finalmente el proceso abreviado consiste en la oportunidad que se le otorga a un imputado de aceptar su responsabilidad, evitándose realizar un juicio más largo que genere desgaste emocional y económico a la víctima.

En ese momento el imputado inicia el proceso de reinserción social al responsabilizarse de sus actos, por esa razón podrá recibir una sanción menor a la que estipula la ley.

La diferencia con la suspensión condicional del proceso es que esta salida alternativa es anterior al juicio y no se llega a una pena de prisión, y el proceso abreviado se discute ya en el juicio y existe la disminución de la pena de prisión.

Para que el proceso abreviado pueda solicitarse el inculpado debe admitir la responsabilidad en los hechos por los que se le acusa; estar de acuerdo en ser juzgado conforme a los datos recabados durante una investigación y renuncie al Juicio Oral; y que no haya oposición razonable de la víctima y se garantice la reparación del daño causado.

 


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