Sábado, 30 de Agosto de 2014
CIUDAD VALLES, S.L.P.
DIRECTOR GENERAL.
SAMUEL ROA BOTELLO

Se solidariza la CEAV con las víctimas de desapariciones forzadas

Se solidariza la CEAV con las víctimas de desapariciones forzadas

- Se suma la CEAV a la conmemoración del Día Internacional de las víctimas de desapariciones forzadas, designado como el 30 de agosto por la Organización de las Naciones Unidas
- Llama a las autoridades federales y estatales a tipificar adecuadamente la desaparición cometida por particulares

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Sábado, 30 de Agosto de 2014| 10:49


En el marco del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) manifestó su solidaridad con todas las víctimas de desaparición en el país y reiteró su compromiso y misión de proteger los derechos que la Ley General de Víctimas les reconoce.

Hizo un llamado a las autoridades públicas en las entidades federativas que no han tipificado los delitos de desaparición forzada, desaparición de personas por particulares, ni han adoptado el procedimiento de declaración de ausencia por desaparición, a que inicien los trabajos hacia ese fin y que cuenten en todo momento con el acompañamiento técnico de la CEAV.

Asimismo invitó a grupos de víctimas, expertos, legisladoras y legisladores, autoridades investigadoras y judiciales, a construir un proyecto viable, consistente e integral de Ley General en materia de desapariciones de personas, que sirva como base de una política nacional para combatir la grave problemática asociada a este delito.

La CEAV también exhortó a las autoridades federales y estatales a tipificar adecuadamente, con precisión y claridad, el delito de desaparición cometida por particulares, especialmente por aquellos que forman parte de células del crimen organizado, que operan no solamente contra otros individuos, sino también contra autoridades públicas, de modo que el sistema de justicia tenga todas las facultades necesarias para la investigación, persecución y procesamiento de estas conductas.

Por otra parte, recordó que el artículo 21 de la Ley General de Víctimas ordena a las entidades federativas adoptar el procedimiento de declaración especial de ausencia por desaparición, con el fin de proteger la personalidad jurídica y el patrimonio de las personas desaparecidas, así como contribuir a aligerar la dolorosa condición de las víctimas indirectas, mediante el reconocimiento de derechos especiales para atender necesidades apremiantes del núcleo familiar, sin perjuicio a terceros y con pleno respeto a la certeza jurídica.

Cabe destacar que la CEAV, a través de su Comité de Personas Desaparecidas, Extraviadas o No Localizadas, que dirige la Maestra América Nava Trujillo, bajo la rectoría del Comisionado Julio Hernández Barros, trabaja ya en una ley general de personas desaparecidas, que incluye la declaratoria de ausencia por desaparición con presunción de vida.

La CEAV explicó, trámites fundamentales como inscribir en el Registro Civil a descendientes de concubinos desaparecidos, ante organismos como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit), disponer de determinados montos -fijados por una autoridad judicial- para atender las necesidad básicas de cónyuges, hijas e hijos o suspender deudas fiscales o parafiscales de carácter local, que pueden ser de importancia vital para los familiares de las personas desaparecidas, podrán tener lugar cuando se acredite, con la denuncia penal que corresponda, que efectivamente la víctima tiene la calidad de desaparecida.

Puntualizó que en México hay esfuerzos valiosos por atender y combatir la desaparición de personas, entre los que se cuentan protocolos, metodologías de búsqueda, mecanismos institucionales y de alerta temprana, entre otros, con la finalidad de seguir avanzando en la construcción de una política de Estado en materia de prevención, investigación, sanción y reparación integral de las desapariciones de personas.

 


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