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Impugnan triunfo de Humberto Torres y Elizabeth González Bucio en el CDM del PRI

Impugnan triunfo de Humberto Torres y Elizabeth González Bucio en el CDM del PRI

Verónica Galván| Emsavalles| Ciudad Valles, S.L.P.| Miércoles, 30 de Septiembre de 2020| 09:54


  • Armando Arias y Beatriz Ponce Alonso impugnaron el el triunfo de Humberto Torres Medrano y Elizabeth González Bucio, como nuevos dirigentes del Comité Directivo Municipal del Partido Revolucionario Institucional (PRI), cuyo procedimiento, ya fue solicitado ante la Comisión Estatal de Justicia partidaria del tricolor

    Beatriz Ponce Alonso, explicó que nunca se fue notificó a ninguno de los integrantes de la planilla que faltara algún documento, además de que la convocatoria establecía una serie de requisitos que deberían de tener los integrantes de las planillas que fueran a contender, sin embargo, en caso de que no se cubrieran los requisitos o a juicio de la comisión organizadora no se tuvieran cumplidos, la propia convocatoria señalaba que a quien le faltará algún requisito, sería notificado de manera personal y por estrados para subsanar lo pendiente.

    En caso de que no se cumpliera dentro del periodo de las 24 horas siguientes, se quedaría sin validez, así habría solamente una planilla registrada como única, pero fue hasta el pasado sábado que la supuesta formula de Torres medrano y Bucio resultó electa, pese a que Armando Arias y Bety Ponce habrían cumplido también con los requisitos.

    Ante ello, quienes no quedaron al frente del tricolor, consideraron que se vulneraron lo derechos políticos electorales de los integrantes de la planilla de manera concreta el derecho constitucional de votar y ser votado.

    La garantía de audiencia que señala la propia convocatoria, impone a la comisión organizadora del proceso para que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento, es decir que se cumplan con la constitución política federal, la constitución estatal.

    Ante ello, señalan que la comisión organizadora aplicaron "a su manera" la ley de partidos políticos, los estatutos y reglamentos del partido y con la propia convocatoria al no notificar de manera personal que faltaba algún documento.

    Con ello, se privó de la oportunidad de ser oída, contestada y de aportar pruebas, así como de agotar los medios que la ley concede para no resultar afectada en los derechos.

     

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