Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Sábado, 02 de Diciembre de 2023| 07:45
En un plazo de 3 meses, el Congreso del Estado deberá aprobar o desechar de la iniciativa presentada el pasado 30 de marzo, que propone la reparación de daño moral vinculado a aquellas conductas relacionadas con el ejercicio de la libertad de expresión.
Así lo ordenó el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP), al darle la razón al abogado José Mario de la Garza Marroquín, quien se inconformó por la falta desahogo en la moción que busca reformar los artículos 1752, 1752 BIS, 1752 TER, 1752 QUARTER Y 1770 del Código Civil para el Estado.
Concluye la existencia de dilación de la Comisión de Justicia, ya que vulnera el derecho político del quejoso a iniciar leyes, puesto que no ha dictaminado la iniciativa dentro del plazo de 6 meses establecido en los artículos 92 de la Ley Orgánica del Legislativo y 157 fracción III, del Reglamento del Gobierno.
El Tribunal señala que se acredita la omisión de la Comisión de Justicia para emitir el dictamen de la iniciativa y se declara improcedente la prórroga solicitada el 16 de octubre por dicha dictaminadora y aprobada el 26 de octubre por la Directiva del Congreso.
Vincula a Cinthia Segovia Colunga, presidenta de la Comisión de Justicia, para que dentro del plazo indicado elabore y presente al Pleno del Congreso el dictamen correspondiente con relación a la iniciativa ciudadana.
Además, a la Directiva del Congreso de Estado, para que una vez que dicha Comisión emita el dictamen programe el análisis, discusión y en su caso aprobación de dicho dictamen, dentro del plazo de tres meses fijado.
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