Reforma al código penal busca sancionar de manera severa el delito de despojo.
Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Viernes, 19 de Diciembre de 2025| 11:50
Con el propósito de aumentar la pena del delito de despojo y agregar agravantes al mismo, la Comisión Primera de Justicia lleva a cabo el análisis de la propuesta de reforma al artículo 227 y adición el artículo 228 bis del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.
Se señala que el derecho a la propiedad y a la posesión pacífica de los bienes constituye un pilar fundamental consagrado en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en diversos tratados internacionales de derechos humanos suscritos por México.
Este derecho, esencial para la seguridad jurídica, la estabilidad social y la dignidad de las personas, se ve gravemente vulnerado por el delito de despojo, tipificado en el artículo 227 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.
El despojo, al implicar la ocupación ilícita de inmuebles o el ejercicio indebido de derechos reales mediante violencia física o moral, engaño o de manera furtiva, no solo afecta el patrimonio de las víctimas, sino que también genera un profundo impacto en su seguridad, tranquilidad y confianza en las instituciones.
En un contexto donde la propiedad es un pilar para el desarrollo económico y social, el aumento de este delito representa una amenaza significativa para el orden público y la cohesión social en San Luis Potosí.
Cabe remarcar que es de suma importancia esta reforma ya que se sustenta en varios factores críticos; el primero es el aumento de casos de despojo en San Luis Potosí, con 277 casos en 2025, lo que evidencia una problemática creciente que requiere una respuesta penal más contundente.
En segunda instancia, la participación de redes de corrupción, que operan con la complicidad de actores, exige sanciones más severas para quienes abusan de la confianza ciudadana y vulneran el estado de derecho.
Tercero, los sectores vulnerables, como personas mayores de sesenta años, personas con discapacidad y ascendientes, son particularmente susceptibles a este delito debido a su situación física, económica o social, lo que justifica la inclusión de agravantes específicos.
Y Cuarto, la simulación de actos de autoridad y el uso de documentación falsa agravan el delito al generar confusión y socavar la confianza en las instituciones, demandando penas más estrictas.
Además la colusión de servidores públicos en estos actos representa una traición a la confianza ciudadana, requiriendo sanciones que reflejen la gravedad de esta conducta, dado que el estado registra 270 casos de despojo en 6 meses.
Esta reforma busca enviar un mensaje claro de que el Estado de San Luis Potosí no tolerará actos de despojo, especialmente cuando involucran abuso de poder, engaño o violencia contra sectores desprotegidos.
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