Jueves, 28 de Enero de 2016
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Ven violación de dos normas en proyecto Tajamar

Ven violación de dos normas en proyecto Tajamar

La abogada mencionó que el gobierno no puede decir que el manglar estaba desprotegido, ya que las dos normas estaban vigentes y tuvieron que ser aplicadas

lasillarota.com| | Jueves, 28 de Enero de 2016| 11:03


La coordinadora de la oficina sureste del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEDMA), Alejandra Serrano, aseguró que si se hubiera aplicado de manera correcta los instrumentos jurídicos habría sido imposible la autorización del proyecto Malecón Cancún, mejor conocido Malecón Tajamar, que otorgó la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) en 2005.

Serrano mencionó dos de las Normas Oficiales Mexicanas (NOM), la 059 y 022, y el Acuerdo de Coordinación del Ordenamiento Ecológico de Nichupté, que son instrumentos jurídicos que no tomaron en cuenta al evaluar el proyecto.

Agregó que el gobierno no puede decir que el manglar estaba desprotegido, ya que las dos normas antes mencionadas estaban vigentes y tuvieron que ser aplicadas.

La NOM 059 categoriza al manglar como especie de protección especial, y está vigente desde 2001.

La NOM 022 específica a lo que se refiere a la preservación, conservación, aprovechamiento sustentable y restauración de los humedales costeros en el manglar, su vigencia la tiene desde 2003.

El investigador de la UNAM, Roberto Iglesias Prieto, coincidió con la abogada de que el proyecto del Malecón Tajamar contemplaba la apertura de vialidades, pero con éstas se fragmentó el humedal y se interrumpieron los flujos hidrológicos.

Con información de El Universal

 

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