Jueves, 30 de Junio de 2011
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SAMUEL ROA BOTELLO

Se publica la nueva Ley del Sistema Penitenciario

Se publica la nueva Ley del Sistema Penitenciario

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Jueves, 30 de Junio de 2011| 16:43


El Gobierno del Estado promovió ante el Congreso Local una nueva Ley del Sistema Penitenciario del Estado, reglamentaria de las disposiciones que en materia de ejecución de sanciones establecen los Códigos Penal y Procesal Penal, cuyo Decreto 572 ya fue publicado el 18 de junio en el Periódico Oficial del Estado.

La nueva Ley del Sistema Penitenciario, aprobada por la LIX Legislatura refiere que ahora será el juez de ejecución en materia penal, el órgano judicial encargado de decretar la extinción de la responsabilidad penal, la prescripción de las penas y de los antecedentes penales, así como de resolver la rehabilitación del sentenciado.

Asimismo elimina las facultades de amnistía. Indulto y beneficios de libertad como facultad del Ejecutivo, ya que en el nuevo ordenamiento el juez de ejecución tiene la responsabilidad de construir un nuevo ciudadano en condiciones de ser reinsertado en su familia y comunidad, y se marca un nuevo giro en la relación que existe entre el Poder Ejecutivo y Judicial.

La Ley considera y pondera la reinserción del sentenciado como resultado del trabajo, la educación, la salud, el deporte y la disciplina.

El nuevo concepto se incorpora como una clara diferencia a lo que antiguamente se consideraba como la readaptación social que estimaba más lo psicológico y lo individual, y pretende alcanzar la incorporación del individuo a la familia, a la sociedad y a la comunidad.

Dicha Ley establece la responsabilidad de la autoridad penitenciaria, el área técnica de la reinserción, para que haga mejor su trabajo y vigile que los internos sean tratados con estricto apego y respeto a los derechos humanos.

Algo relevante de la nueva Ley es que el perdón del ofendido puede surtir efectos en cualquier etapa del procedimiento, incluso en la etapa de ejecución de la pena, y los nuevos jueces de ejecución pueden decidir sobre el particular en la vía incidental. Anteriormente se concedía el perdón hasta antes de pronunciarse sentencia de segunda instancia.

El Decreto ya está circulando en las esferas del Supremo Tribunal de Justicia que lo está haciendo llegar a los Distritos Judiciales del Estado.

 


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