Domingo, 19 de Enero de 2014
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SAMUEL ROA BOTELLO

Vence este lunes plazo para elegir nuevo Auditor Superior del Estado

Vence este lunes plazo para elegir nuevo Auditor Superior del Estado

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Domingo, 19 de Enero de 2014| 16:51


Este lunes 20 de enero, vence el plazo para que los interesados en participar en el proceso para nombrar al Auditor Superior del Estado, presenten su solicitud formal o propuesta, ante el Congreso del Estado.

Así lo señaló el diputado presidente de la Comisión de Vigilancia, Alfonso Díaz de León Guillén, quien expuso que según lo establecido en la convocatoria avalada por el Pleno del Congreso y emitida para su conocimiento público, concluye el plazo para presentar las solicitudes para ser tomado en cuenta en el nombramiento del Auditor Superior del Estado para el periodo del 20 de febrero de 2014 al 19 de febrero de 2021.

El legislador señaló que de acuerdo a lo que marca la Constitución Política del Estado, la Ley de Auditoría Superior del Estado y la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se emitió la convocatoria y quien desee participar deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1. Ser mexicano por nacimiento y ciudadano potosino en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles. 2. Tener cuando menos treinta y cinco años de edad el día de su nombramiento. 3. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que haya ameritado pena privativa de libertad de más de un año; pero, si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena. 4. Haber residido en el Estado durante los dos años anteriores al día de su nombramiento. 5. No haber ocupado el cargo de Secretario de Despacho o su equivalente, Procurador General de Justicia, Diputado local, o Presidente Municipal en el año inmediato anterior al día de su nombramiento.

6. No haber sido titular del Poder Ejecutivo del Estado o de sus entidades, senador, diputado federal, secretario o subsecretario de los gobiernos federal o estatal, consejero de la judicatura o magistrado, tesorero municipal, ni dirigente de un partido político, ni haber sido postulado para cargo de elección popular, y en general no haber dispuesto de recursos públicos, en el año inmediato anterior a la propia designación. 7. Contar al momento de su designación, con experiencia plenamente comprobada de al menos cinco años en materia fiscal, de control y manejo de recursos, y auditoría financiera y de responsabilidades. Y 8. Poseer al día del nombramiento, título y cédula profesional de licenciado en contaduría pública, en administración o en economía, o cualquiera otra profesión relacionada con las actividades de fiscalización, con una antigüedad mínima de diez años, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello.

Las solicitudes o propuestas deberán presentarse por escrito durante los cinco días hábiles contados a partir de la publicación de la presente convocatoria ante la oficialía de partes del Congreso del Estado, sito en calle Vallejo número 200, Planta Baja, en esta ciudad capital, en horario de 9:00 a 15:00 horas; serán dirigidas al Presidente del Congreso del Estado y señalarán nombre, edad, número telefónico, correo electrónico y domicilio para oír y recibir notificaciones en la ciudad de San Luis Potosí de la persona propuesta; debiendo adjuntar los documentos que a continuación se enlistan:

Copia certificada del Acta de nacimiento; Copia certificada de la credencial de elector; Constancia de no antecedentes penales, expedida por la Dirección de Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia del Estado de San Luis Potosí, dentro de un periodo no mayor a seis meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria; Escrito rubricado por la persona que aspire al cargo en el que, bajo protesta de decir verdad, manifieste no estar impedido legalmente para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público; Carta de residencia, expedida por el ayuntamiento del municipio que corresponda dentro de un periodo no mayor a seis meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria; Escrito en el que el aspirante bajo protesta de decir verdad manifieste no haber ocupado los cargos señalados en los números 5 y 6 del punto primero de las Bases de la presente convocatoria; Copia Certificada del título profesional y cédula profesional; Currículum vitae y copias certificadas del respaldo documental que acredite tener experiencia de al menos cinco años en materia fiscal, de control y manejo de recursos, y auditoría financiera y de responsabilidades;

Los documentos descritos en esta base serán de acceso público en los términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí.

Una vez concluido el plazo de recepción de solicitudes, la Comisión de Vigilancia procederá a la revisión de las mismas, dentro de un periodo de cinco días hábiles para determinar cuáles de estas cumplen con los requisitos que señala la convocatoria.

El incumplimiento de cualquiera de los requisitos previstos en la ley y en la presente convocatoria, dará lugar a la inelegibilidad de la persona al cargo que se aspira.

El Congreso del Estado, con fines exclusivamente de transparencia, publicará en su sitio de internet www.congresoslp.gob.mx, una lista con el nombre de todas las personas que hayan presentado solicitudes o propuestas, para participar en el procedimiento de elección de Auditor Superior del Estado.

Una vez concluida la etapa señalada en la base tercera, la Comisión de Vigilancia entrevistará por separado a los aspirantes que cumplan con los requisitos, para cuyo fin señalará, fecha, lugar y hora para su desahogo. Esta etapa se desarrollará en sesión pública.

Concluida la etapa señalada en la base que precede, la Comisión de Vigilancia, con sustento en la documentación y entrevistas, emitirá el dictamen sobre la terna que deberá presentarse al Pleno del Congreso del Estado.

El Congreso del Estado, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, elegirá de entre los integrantes de la terna que se presente, a quien deba desempeñar el cargo de Auditor Superior del Estado.

En caso de que ninguno de los candidatos obtenga la votación requerida, el Congreso del Estado instruirá a la Comisión de Vigilancia a que dictamine la presentación de una nueva terna, de la que no podrán formar parte los integrantes de la terna anterior y su nombramiento deberá hacerse necesariamente de entre alguno de los propuestos.

Si durante el desarrollo de las etapas de la presente convocatoria se detectase que algún aspirante presentó documentación alterada o no fue veraz, se dejará sin efecto su inscripción.

Lo no previsto en esta convocatoria y en las distintas etapas del procedimiento de elección, será resuelto por acuerdo de la Comisión de Vigilancia.

 


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