Martes, 08 de Julio de 2014
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Jornaleros de la Zona Huasteca se quejan por abusos de tránsitos

Jornaleros de la Zona Huasteca se quejan por abusos de tránsitos

- Por ello se propone que se apliquen multas de acuerdo a lo que reciben como salario.

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Martes, 08 de Julio de 2014| 11:27


El Diputado, Manuel Aguilar Acuña señaló que existen muchas quejas por parte de los jornaleros contra los agentes de tránsito sobre todo en la Zona Huasteca debido a lo que cobran de multa, por ello informó que presentó una iniciativa para reformar la Ley de Tránsito del Estado.

Señaló que espera que sea aprobada la iniciativa que presentó en días pasados ya que esta enfocada principalmente para la huasteca sobre todo para el sector campesino ya que se han quejado de los abusos que cometen los policías cuando infraccionan.

"Es poco el salario de ellos y a veces los amedrentan, a veces para darles la infracción les sacan doscientos o trescientos pesos y lo que queremos ver es que se implemente una multa como ya esta establecido y que no intenten sobornarlos, lo que queremos es que se aplique la ley y que se apliquen las multas de acuerdo a lo que ganan, así van a preferir la infracción a dar mordidas", comentó.

Dijo que lamentablemente, al momento de que el conductor que presuntamente comete una infracción se identifica, o lo identifican como parte de alguno de estos sectores productivos, lejos de beneficiársele o tenerle alguna consideración, se presume que no tendrá las relaciones sociales o el conocimiento suficiente como para poder objetar la multa que se le impone, o solicitar algún beneficio que atempere la sanción, lo cual fomenta los arreglos ilegales como son las "mordidas".

La iniciativa es para reformar la Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí, con la finalidad de garantizar que los agentes de seguridad pública del estado en funciones de tránsito y los agentes de tránsito municipales, al multar a los conductores, cumplan con lo dispuesto en la Ley, y que en el caso de los jornaleros, obreros o trabajadores, solo puedan imponer sanciones hasta por una cantidad que no exceda el importe de un salario mínimo diario vigente en la Entidad.

En el caso de los trabajadores no asalariados, se establecería que el monto no excederá el equivalente a un día de su ingreso, circunstancia que deberá asentarse obligatoriamente en la boleta de infracción para los efectos fiscales correspondientes.

 


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