Sábado, 30 de Agosto de 2014
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Aprueba Congreso del Estado Ley de Protección para personas que intervienen en el Proceso Penal

Aprueba Congreso del Estado Ley de Protección para personas que intervienen en el Proceso Penal

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Sábado, 30 de Agosto de 2014| 12:45


El pleno del Congreso del Estado aprobó expedir la Ley para la Protección de Personas que Intervienen en el Proceso Penal en el Estado de San Luis Potosí, la cual tiene como finalidad otorgar seguridad y respaldo a la víctima, testigos de los hechos y demás sujetos procesales, para que estén en aptitud de sostener los señalamientos de los hechos que padecieron o hayan presenciado.

Esta iniciativa fue impulsada por los legisladores Fernando Pérez Espinosa, Jorge Alejandro Vera Noyola y Juan Manuel Segovia Hernández.

En este nuevo ordenamiento se señala como beneficiarios de las medidas de protección que se establecen a las personas que corran peligro por causa o con ocasión de su intervención actual, futura o eventual, en el proceso penal, por ser víctima directa o indirecta, testigo, perito, funcionario o funcionaria del Ministerio Público o de los órganos de policía, y demás sujetos que de manera directa o indirecta intervengan en ese proceso. Asimismo se determina que dicha protección puede extenderse en los casos en que resulte necesario a los familiares, por parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, y a quienes por su relación inmediata de carácter afectivo con el sujeto en riesgo, así lo requieran.

La protección será proporcionada por la Fiscalía General del Estado, a través de un órgano especializado denominado Centro de Protección de Sujetos Procesales, el cual se coordinará con las instancias competentes para garantizar la integridad y seguridad de las personas protegidas a través de la aplicación de las medidas de protección que haya determinado la autoridad jurisdiccional. La protección otorgada podrá ser cancelada por la autoridad judicial en los casos en que el sujeto protegido incumpla las obligaciones o restricciones que en su caso se hayan dictado para asegurar la efectividad de la medida de que se trate.

Por otra parte, cabe destacar que de ninguna manera la protección de testigos y demás sujetos procesales implica la violación de los derechos de la parte acusada de conocer el origen de los testimonios y demás pruebas que se presenten para acreditar el hecho delictivo y la responsabilidad penal del imputado, toda vez que cuenta en todo momento con el derecho de oposición a la medida de protección procesal que implique la preservación de la identidad de la víctima o testigo para poder contravenirla; por otra parte corresponderá a la autoridad judicial valorar los testimonios o pruebas presentadas por personas protegidas, a la luz de la concatenación de todos los hechos, circunstancias y demás medios probatorios y de convicción que de manera legal se presenten en el proceso para determinar la responsabilidad del imputado.

Por otra parte, las medidas de protección procesal serán otorgadas por los jueces cuando el peligro que corre la víctima, testigo o persona que interviene en el proceso sea de evidencia tal, que requiera de manera indubitable de dicha protección y siempre que su testimonio o peritaje sea determinante para establecer los hechos.

En el dictamen aprobado se señala que es importante mencionar que esta Ley se circunscribe dentro de las que resultan necesarias para complementar el Nuevo Sistema de Justicia Penal de corte acusatorio y adversarial, y cuya emisión se requiere dentro del marco de armonización normativa de las entidades federativas, que ha determinado como óptimo la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, de la Secretaría de Gobernación, y que desde luego es un ordenamiento que ya existe en el orden federal desde el 8 de junio del 2012 con la denominación de Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Proceso Penal, así como en otras entidades federativas como Chihuahua, Oaxaca, Campeche, Yucatán y Querétaro, entre otras.

 


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