La propuesta se turnó a las comisiones correspondientes para su análisis y dictamen
Emsavalles| | Sábado, 16 de Mayo de 2026| 12:18
El Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) presentó una iniciativa de reforma a la Constitución Política del Estado así como a la Ley Electoral del Estado, que fue turnada a las comisiones correspondientes para su análisis, informó el coordinador diputado Rubén Guajardo Barrera.
La propuesta establece que los aspirantes deberán presentar constancia relativa a los antecedentes penales expedida por la autoridad penitenciaria competente en la que se haga constar que no cuenta con sentencia condenatoria firme por la comisión de algún delito doloso, en términos de lo previsto por los incisos b) y c) de la fracción IV del artículo 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal.
En caso de que se opte por un gobierno de coalición, ratificar por mayoría simple el programa y el convenio de dicho gobierno; en cualquier momento, optar por un gobierno de coalición con uno o varios de los partidos políticos representados en el Congreso del Estado.
El gobierno de coalición se regulará por el convenio y por el programa aplicable, que deberán ser aprobados por mayoría simple del Congreso. El convenio establecerá las causas de la disolución del gobierno de coalición.
Se realizará la primera verificación de lo relativo a la paridad de género vertical y horizontal, en las solicitudes de registro de la totalidad de fórmulas de diputaciones de mayoría relativa; en las del registro de la totalidad de planillas de mayoría relativa y listas de regidurías de representación proporcional; y en las solicitudes de registro de listas de diputaciones de representación proporcional que presenten los partidos políticos.
Asimismo, certificará la afiliación efectiva de cada una de las candidatas y los candidatos vigente al momento del registro de la candidatura.
El diputado Guajardo Barrera señaló que otra propuesta radica en que tratándose de candidaturas de personas integrantes de la comunidad de la diversidad sexual, con independencia del género al que se auto perciban, las mismas se computarán dentro del porcentaje reservado al género diverso y en ningún caso al porcentaje reservado para mujeres.
Así también, a efecto de garantizar la paridad horizontal, los partidos políticos deberán postular planillas encabezadas en un cincuenta por ciento por mujeres y el restante cincuenta por ciento por candidaturas de género diverso. En caso que del total de quienes encabezan las postulaciones, resulte un número impar, se deberá privilegiar al género femenino. El Consejo emitirá los lineamientos correspondientes para el establecimiento de las condiciones mínimas exigibles para el cumplimiento del principio de paridad.
Tratándose de candidaturas de personas integrantes de la comunidad de la diversidad sexual, con independencia del género al que se auto perciban, las mismas se computaran dentro del porcentaje reservado al género diverso y en ningún caso al porcentaje reservado para mujer.
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