Diario Potosí
Especialista advierte que conocer deducciones y revisar el prellenado puede marcar la diferencia entre pagar, quedar tablas o tener saldo a favor.
La declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) representa una de las obligaciones fiscales más importantes para las personas físicas en México. De acuerdo con la contadora pública, Rosa Olivia Torres Ferretiz, no todos los contribuyentes están obligados a presentarla, pero es fundamental conocer quiénes sí deben cumplir con este requisito y cuáles son las implicaciones de omitirlo.
En ese sentido, explicó que el criterio principal tiene que ver con el número de patrones o fuentes de ingreso que tenga el contribuyente durante el año fiscal.
"Las personas que están obligadas a hacer su declaración anual ante el SAT son todas aquellas que tienen dos o más patrones o reciben este sueldo salarios de dos o más patrones o de dos o más actividades. Las personas que están exentas de realizarlo son aquellas que tienen ingresos menores a los 400 mil pesos anuales y que tienen un solo patrón. En este caso, el único patrón puede realizar la presentación de sus puestos de su declaración anual y pues la persona física no está obligada 100% a realizarla. Incluso también los que están exentos son todos aquellos que reciben intereses o ingresos por sueldos salariales que no excedan los 20 mil pesos anuales", destacó al respecto.
Explicó que el mes de abril marca la fecha límite para cumplir con esta obligación, conforme a lo establecido en la ley fiscal vigente.
"Un artículo de la Ley del Impuesto sobre la Renta que nos dice que justamente tienes los tres primeros meses del año para hacer el cierre de tu ejercicio fiscal. El año fiscal es de enero a diciembre y por lo tanto tienes de enero a marzo en teoría para poder realizar tu cierre, el cálculo de tus percepciones, deducciones, etcétera. A veces salen decretos o fechas a favor del contribuyente en las cuales dan un plazo más para que las personas físicas puedan realizar su declaración anual", agregó al respecto.
Sobre la dificultad del proceso, consideró que actualmente no es complicado realizarlo, incluso por la persona misma, aunque sí requiere conocimiento básico de deducciones y hay elementos que deben capturarse manualmente, porque no todo en el sistema está automatizado.
"Debe saber qué es lo deducible, qué es lo que se puede declarar y qué es lo que se tiene que declarar. Incluso si no viene en el prellenado de tu declaración, es importante identificarlo. Hoy en día las plataformas de Hacienda ya tienen todo estructurado para que esté prellenado, así se le llama y pues ya únicamente tú entras, revisas la información y validas que sea correcta. Si hay cosas que no te está tomando en cuenta la declaración y que sí entran dentro de la misma, pues se tienen que realizar de manera manual.
Es importante conocer lo que es deducible, lo que entra, lo que pasa y lo que no pasa", agregó.
Además, destacó que uno de los errores más comunes es creer que cualquier factura generada durante el año reducirá la carga fiscal, pues la experta aclaró que existen requisitos estrictos de deducibilidad y categorías específicas de gastos que son aceptados por la autoridad..
"No todo lo facturado es deducible ante el SAT, no todo es deducible porque hay ciertos requisitos de deducibilidad. La ley del impuesto sobre la renta nos dice lo que se puede o lo que no se puede deducir. Todo lo que es deducible para efectos de la declaración anual son los gastos médicos, funerarios, intereses y todo lo relacionado con seguros. Sin embargo, hay requisitos que se tienen que cumplir para que esto proceda correctamente."
Además, explicó que para que las deducciones personales sean deducibles son que se facture correctamente con tu RFC. Además de que se debe pagar con tarjeta o transferencia, no en efectivo y en el caso de honorarios médicos, deben ser personales o de familiares en línea recta, es decir, familiares inmediatos.
Torres Ferretiz añadió que, el anhelo de muchos es obtener una devolución de impuestos, sin embargo, en un escenario ideal de retenciones perfectas, el resultado debería ser "tablas", es decir, sin saldo a favor ni en contra.
"Se supone que una declaración bien hecha y si tus patrones presentaron correctamente los impuestos debería de quedar tablas. Es decir, sin saldo a pagar ni saldo a favor, salvo que se incluyan deducciones personales. Obviamente, si tú metes deducciones personales como el caso de los honorarios médicos y etcétera, ahí es cuando se puede obtener una devolución a favor o un saldo a favor".
Finalmente, advirtió sobre las consecuencias de no cumplir con esta obligación fiscal, que pueden ir desde restricciones administrativas hasta sanciones.
"Si no la presentas, realmente no tiene muchas implicaciones si tu ingreso no es muy alto.
Pero una de las principales consecuencias es que cuando quieras sacar una opinión de cumplimiento te sea negativa o denegada. También en caso de revisiones, la autoridad te puede enviar avisos, notificaciones e incluso multas. Sobre todo cuando el SAT ejerce sus facultades de comprobación y detecta incumplimiento", advirtió.
La especialista reiteró que, aunque el proceso puede parecer sencillo, es recomendable informarse adecuadamente o acudir con un profesional para evitar errores que puedan derivar en sanciones o pérdida de beneficios fiscales.
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