Sábado, 04 de Mayo de 2024
CIUDAD VALLES, S.L.P.
DIRECTOR GENERAL.
SAMUEL ROA BOTELLO
Semana del 24 de Febrero al 02 de Marzo de 2023

Violencia familiar tiñó de rojo a Cd. Valles

Violencia familiar tiñó de rojo a Cd. Valles

Mariel Sánchez



Pese a que desde hace más 5 años cuenta con declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres (AVGM), el año pasado el municipio de Ciudad Valles se mantuvo en alerta por la comisión del delito de violencia familiar, que afecta principalmente a las mujeres.

De los 12 meses del año 2022, el municipio de Ciudad Valles, actualmente gobernador por el alcalde David Medina Salazar, registró en 11 mensualidades el delito de violencia familiar en color rojo. Así lo indican informes actuales de la organización Semáforo Delictivo, en los que se advierte que solo en el mes de noviembre cedió la tendencia al obtener semaforización amarilla con 47 casos de violencia en el seno familiar.

El recuento informa que el color rojo estuvo en los demás meses de la siguiente manera: 52 incidentes en el mes de enero; 54 en el mes de febrero; 69 en el mes de marzo; y 77 en el mes de abril.

Así como 86 hechos en el mes de mayo; 63 en el mes de junio; 65 en el mes de julio; 77 en el mes de agosto; 62 en el mes de septiembre; 68 en el mes de octubre; y 62 en el mes de diciembre.

En total, en el municipio vállense se acumularon 782 hechos de violencia familiar, que implicaron la apertura de las respectivas carpetas de investigación en la Fiscalía General del Estado (FGE).

DESDÉN DE LA AVGM
El 21 de junio del 2017, la Secretaría de Gobernación (Segob), a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), declaró la AVGM para los municipios de Ciudad Valles, Matehuala, San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Tamazunchale y Tamuín.

Esta medida se traduce como el conjunto de acciones gubernamentales coordinadas, integrales, de emergencia y temporales realizadas entre las autoridades de los tres órdenes y niveles de gobierno, para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado.

Además, busca eliminar el agravio comparado, resultado de las desigualdades producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que impiden el reconocimiento o ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas, a fin de garantizar su pleno acceso al derecho a una vida libre de violencias.

Por los datos, al menos del año pasado, evidencia que la coordinación y los esfuerzos institucionales entre el Gobierno del Estado y Ciudad Valles están lejos de amainar la violencia hacia las mujeres.

¿QUÉ IMPLICA VIOLENTAR EN LA FAMILIA?
Según el artículo 104 párrafo segundo del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, el perdón en los delitos que se investigan de oficio estipula que no procederá el perdón en el de violencia familiar.

Por su parte, en el artículo 205 párrafo segundo, dispone que se sancionará con pena de uno a 6 años de prisión, y sanción pecuniaria de 100 a 600 días de la unidad de medida y actualización (UMA), lo que equivale de 10 mil 374 a 62 mil 244 pesos.

Asimismo, añade que el culpable perderá el derecho de pensión alimenticia y se le condenará a participar en servicios reeducativos integrales, especializados, y gratuitos.

El primer párrafo del 205, define que la acción delictiva la comete quien, en contra de su cónyuge, concubina o concubinario, o persona que mantenga o haya mantenido una relación de hecho, pariente consanguíneo en línea recta ascendente o descendente sin limitación de grado, pariente colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado, o adoptante, cometa actos abusivos de poder u omisión intencionales.

Esto significa que tengan el objetivo de dominar, someter, controlar o maltratar de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica o sexual, dentro o fuera del domicilio familiar, independientemente de que pueda producir o no lesiones, y de otros delitos que resulten.

Este delito se sancionará con pena de uno a seis años de prisión, y sanción pecuniaria de cien a seiscientos días de la unidad de medida y actualización; asimismo, el culpable perderá el derecho de pensión alimenticia y se le condenará a participar en servicios reeducativos integrales, especializados, y gratuitos.

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