Sábado, 11 de Mayo de 2013
CIUDAD VALLES, S.L.P.
DIRECTOR GENERAL.
SAMUEL ROA BOTELLO

Presidente municipal debe cumplir y finiquitar los laudos, sentencias, resoluciones y juicios laborales durante su administración.

Presidente municipal debe cumplir y finiquitar los laudos, sentencias, resoluciones y juicios laborales durante su administración.

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Sábado, 11 de Mayo de 2013| 10:34


Con el objetivo de incorporar disposiciones para determinar la responsabilidad administrativa de los funcionarios de los ayuntamientos por el incumplimiento en la ejecución de laudos, resoluciones, sentencias y juicios laborales que se hayan originado durante sugestión y no hayan sido concluidos antes de terminar su administración, el diputado Juan José Jover Navarro presentó una iniciativa de reforma y adición a diversos artículos de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado; de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado; y de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de San Luis Potosí

El legislador propone incorporar un segundo párrafo al artículo 61 de la Ley Orgánica del Municipio Libre para determinar la obligación del presidente municipal de que antes de concluir su periodo deberá cumplimentar y finiquitar los laudos, sentencias, resoluciones y juicios laborales que se hayan originado durante su administración.

Antes de que concluya su administración, el alcalde deberá realizar las conciliaciones de juicios en trámite promovidos contra la administración municipal y efectuar las liquidaciones de laudos o sentencias definitivas favorables a los trabajadores municipales; en juicios laborales por separación o despido, deberán de ser finiquitados antes de que concluya la gestión de la administración municipal que los originó.

En lo referente a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado se establecen también dichas disposiciones, y se establece que las sanciones para quienes no acaten estas disposiciones, prescriben a los 5 años.

En su exposición de motivos, el legislador indica que muchos ayuntamientos de San Luis Potosí se encuentran en una crisis financiera debido al pago de laudos laborales que representan cantidades millonarias en detrimento de las finanzas públicas.

"Es importante que los gobiernos municipales tengan claro que los espacios laborales no están a disposición, como suele pensarse, del patrón; hay mecanismos para acceder a estos puestos y, en el caso en que se decida pedirle a alguien que deje de prestar sus servicios, hay derechos específicos que deben ser plenamente cubiertos y para los que debe estar preparada la institución, y sobre todo deben quedar resueltos antes de que concluya el periodo para el que fueron electos", indica el proponente.

Agrega que con esa reforma se busca subsanar la falta de sanciones contra funcionarios de primer nivel, que habiendo propiciado el despido injustificado de los empleados que deviene en juicios laborales, no son sancionados, "es decir, los principales causantes de este lastre en los gobiernos ni siquiera tienen responsabilidad administrativa cuando se dicta un laudo, y esta iniciativa pretende atender dicha laguna jurídica".

Esta iniciativa fue turnada a las comisiones de Puntos Constitucionales, Gobernación y Trabajo y Previsión Social.

 


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