Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Miércoles, 24 de Junio de 2026| 07:46
Pese a percibir ingresos mensuales por 83 mil 124.17 pesos, Christian Puente Gallegos, excandidato a juez civil, solicitó al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana pagar en parcialidades una multa de 22 mil 401.72 pesos, sanción impuesta por el Instituto Nacional Electoral por irregularidades en sus gastos de campaña.
El 28 de julio de 2025, el Consejo General del INE determinó diversas inconsistencias en el informe único de gastos de campaña del entonces candidato a juez en materia civil del Poder Judicial del Estado, por lo que le impuso dicha sanción mediante la resolución INE/CG977/2025.
Inconforme, el 17 de octubre de 2025, Puente Gallegos pidió al CEEPAC cubrir la multa en pagos parciales, argumentando que no podía liquidarla en una sola exhibición. Sin embargo, el organismo electoral respondió que no tenía facultades para modificar la forma de pago al no ser la autoridad que impuso la sanción.
Posteriormente, el excandidato acudió al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, donde su petición fue desestimada. No obstante, el tribunal determinó que el CEEPAC no realizó una notificación adecuada, por lo que instruyó al Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí a resolver el caso.
El TEESLP concluyó que el INE ya había realizado un análisis integral de la capacidad económica del actor, la gravedad de la infracción, así como del monto y forma de pago. Además, señaló que la resolución quedó firme al no haber sido impugnada en el momento procesal oportuno.
Por ello, determinó que el CEEPAC actuó correctamente al considerar improcedente autorizar un esquema de pago distinto al establecido por el INE.
Finalmente, ordenó al CEEPAC reponer la notificación del acuerdo CG/2026/FEB/08, para que se realice nuevamente en el domicilio del actor, cumpliendo con todas las formalidades legales.
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