Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P| Lunes, 21 de Septiembre de 2026| 08:39
El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) determinó que la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias del Partido del Trabajo (PT) cumplió con la resolución que le ordenó atender la demanda promovida por la militante Ma. Guadalupe Vivas Noyola.
La petista controvirtió la negativa material, verbal y de facto de recibir su solicitud de registro como aspirante a la Comisión Estatal en Defensa de la Transformación y la Soberanía Nacional en San Luis Potosí.
También señaló el condicionamiento de dicho registro a la presidencia, acompañamiento o aval del Comisionado Político del PT, así como la falta de un acuerdo o resolución escrita, debidamente fundada y motivada, que sustentara dicha negativa.
En la sentencia correspondiente, el TEESLP determinó reencauzar la demanda a la instancia de justicia interna del PT, debido a que no se había agotado el principio de definitividad.
Posteriormente, el Tribunal recibió información del órgano intrapartidario, entre ella una resolución emitida el 2 de septiembre de 2026 por la Comisión Nacional, mediante la cual fueron resueltos los expedientes CNCGJYC/7/SLP/2026 y su acumulado CNCGJYC/8/SLP/2026.
De acuerdo con el Tribunal, el expediente CNCGJYC/7/SLP/2026 se integró con la demanda que había sido remitida por el propio órgano jurisdiccional dentro del expediente TESLP/JDC/10/2026.
Tras analizar la documentación presentada, el TEESLP determinó que la Comisión Nacional del PT cumplió con la resolución dictada el 16 de julio de 2026.
"Se tiene a la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias del Partido del Trabajo por dando cumplimiento a la resolución dictada con fecha 16 de julio de 2026 en el expediente TESLP/JDC/10/2026", estableció el Tribunal.
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