Lunes, 08 de Diciembre de 2025
CIUDAD VALLES, S.L.P.
DIRECTOR GENERAL.
SAMUEL ROA BOTELLO

Comisión primera de justicia aprueba reforma al código penal del estado para tipificar como delito el acecho

Comisión primera de justicia aprueba reforma al código penal del estado para tipificar como delito el acecho

También se reforma la ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, para adicionar esta conducta a la violencia psicológica: Dip. Leticia Vázquez Hernández.

Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Lunes, 08 de Diciembre de 2025| 15:29


  • A fin de tipificar y sancionar como delito el acecho, la Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado aprobó el dictamen que reforma disposiciones del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, informó la diputada María Leticia Vázquez Hernández.

    Además, se incluye la reforma a la fracción XV del artículo 4° de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, con el objeto de adicionar el "acecho", como parte de la violencia psicológica.

    Manifestó que es importante establecer este tipo de conducta, dentro del apartado de Delitos contra la paz, la libertad y la seguridad de las personas, del Código Penal del Estado.

    "Estamos incorporando como delito el acecho, es una tipo preventivo para que los delitos no escalen a un grado mayor; es algo que le hacía falta al Código Penal porque a veces hay conductas que no se pueden tipificar y los fiscales batallan con eso", añadió la legisladora.

    Se indica que el acecho es un patrón de conducta persistente y no deseada que causa temor, angustia o limitación en la libertad de actuación de la víctima. En el contexto de la violencia de género, el acecho es un factor de riesgo significativo que puede escalar a violencia física grave o feminicidio

    Comete el delito de acecho quien, por cualquier medio, incluido el uso de tecnologías de la información y la comunicación, así como dispositivos electrónicos, vigile, siga, persiga, busque cercanía física, establezca contacto o comunicación no deseada; se propone sancionar con una pena de seis meses a dos años de prisión y multa de hasta quinientas veces su valor de Unidad de Medida y actualización.

    El dictamen respectivo se turnará al pleno para su votación.

     


    emsavalles© 2006 - 2025 Todos los derechos reservados. Queda prohibida la publicación, retransmisión, edición y cualquier otro uso de los contenidos sin previa autorización.
    Emsavalles Publicidad, Escontría, 216-A, Zona Centro, Ciudad Valles, S.L.P. Tel:481-382-33-27 y 481-381-72-86. emsavalles@hotmail.com. contabilidad@emsavalles.com
    No. de Certificado de Reserva Otorgado por el Instituto Nacional del Derecho de Autor: 04-2021-071615041800-203 04-2022-080212185100-30.