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Comisión segunda de justicia aprobó reformas al código civil del estado de San Luis Potosí

Comisión segunda de justicia aprobó reformas al código civil del estado de San Luis Potosí

Se busca la protección de los derechos de las personas en concubinato y se fortalece el principio de justicia social en el ámbito del derecho sucesorio: Dip. Gabriela López.

Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Jueves, 05 de Febrero de 2026| 16:08


  • La Comisión Segunda de Justicia aprobó reformar el artículo 1214 del Código Civil del Estado de San Luis Potosí, para buscar la protección de los derechos de las personas en concubinato y fortalecer el principio de justicia social en el ámbito del derecho sucesorio.

    La diputada Gabriela López Torres, presidenta de esta comisión legislativa, señaló que con esta reforma, propuesta por la diputada Jacquelinn Jauregui, se busca incluir lenguaje inclusivo y corregir errores técnicos en la redacción de la norma.

    Establece que el testador debe dejar alimentos a la persona con quien vivió en concubinato, siempre que cumpla con ciertas condiciones, como haber permanecido libre de matrimonio, estar impedida de trabajar y no tener bienes suficientes.

    También, se suprime el requisito de "buena conducta" previsto en el texto vigente, al tratarse de un criterio subjetivo, impreciso y carente de parámetros jurídicos verificables, cuya permanencia en la norma permitiría decisiones arbitrarias y discriminatorias.

    "Es una iniciativa interesante porque el texto vigente tiene cuestiones violatorias de los derechos humanos, y con esta reforma se eliminan requisitos como el de la buena conducta, porque el derecho existe y no debe estar sujeto a este tipo de preceptos como la buena conducta".

    Por ello, indicó que la nueva redacción establece que el testador debe dejar alimentos a la persona que mantenga una relación de concubinato o de hecho con la persona testadora, en término de los artículos 105 y 106 del Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí.

    Este derecho solo subsistirá solo si la persona concubina no contraiga matrimonio o se encuentre imposibilitada para trabajar. Si fueran varias las personas con quienes la persona testadora vivió como si fueran su cónyuge, ninguna de ellas tendrán derecho a alimentos.

    "Lo importante es eliminar ciertos preceptos, mantener en qué casos el testador debe dejar alimentos, pero si manejar un lenguaje inclusivo, haciendo un análisis y estudio respecto del lenguaje que se manejaba en nuestros Códigos Familiar y Civil, si tenemos una gran labor para tratar de cambiar todos estos preceptos porque el derecho siempre debe ser progresivo y progresista en su redacción y estaremos analizando si presentar algunas reformas al Código Familiar".

    El dictamen respectivo se turnará al pleno para su votación.

     


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