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TEPJF desecha impugnación del Ayuntamiento de Venado y mantiene multa por incumplimiento

TEPJF desecha impugnación del Ayuntamiento de Venado y mantiene multa por incumplimiento

Redacción| Emsavalles| Venado, S.L.P.| Sábado, 07 de Febrero de 2026| 08:32


  • La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sobreseyó la impugnación promovida por el Ayuntamiento de Venado contra una resolución del Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP), relacionada con el incumplimiento en el pago de emolumentos a favor de Simón Sánchez.

    Dentro del expediente SM-JG-96/2025, el órgano jurisdiccional determinó que la Sindicatura Municipal de Venado carecía de legitimación activa, al haber fungido como autoridad responsable en la instancia local, sin ubicarse en alguno de los supuestos de excepción previstos por la ley.

    El caso deriva del juicio TESLP/JDC/110/2024 y del acuerdo plenario de incumplimiento emitido el 24 de noviembre de 2024, mediante el cual se hizo efectivo un apercibimiento previo y se impuso una multa de mil UMAS, equivalente a 113 mil 140 pesos, al Ayuntamiento.

    La Sala Regional resolvió sobreseer el juicio al actualizarse la causal de improcedencia prevista en los artículos 10 y 11 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, al considerar que una autoridad no puede impugnar una resolución cuando busca que prevalezca su propia determinación.

    Precisó que únicamente procede la impugnación cuando la autoridad acredite una afectación directa a su esfera individual o una violación al debido proceso, supuestos que no se acreditaron en este caso.

     


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