Viernes, 03 de Mayo de 2013
CIUDAD VALLES, S.L.P.
DIRECTOR GENERAL.
SAMUEL ROA BOTELLO

Descuento en el pago del impuesto predial para adultos mayores, jubilados, pensionados, personas discapacitadas e indígenas.

Descuento en el pago del impuesto predial para adultos mayores, jubilados, pensionados, personas discapacitadas e indígenas.

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Viernes, 03 de Mayo de 2013| 08:52


En sesión ordinaria el pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones Primera; y Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal; y Derechos Humanos, Equidad y Género que reforma el artículo 20 en sus párrafos tercero y cuarto de la Ley de Hacienda para los Municipios de San Luis Potosí, a fin de ampliar hasta en un 70 por ciento el descuento en el pago del impuesto predial para adultos mayores, jubilados, pensionados, personas discapacitadas e indígenas.

Con esta reforma se establecerá en la Ley de Hacienda para los Municipios de San Luis Potosí que tratándose de personas mayores de 60 años, jubilados, pensionados, personas discapacitadas e indígenas, los ayuntamientos podrán someter a la consideración de la Legislatura estatal en su iniciativa de Ley de Ingresos una reducción en el pago del impuesto predial hasta por un 70 por ciento del mismo (actualmente es del 50 por ciento y no se contempla a las personas con discapacidad).

En el caso de los indígenas, la reducción de hasta un 70 por ciento se hará sobre los predios cuyo valor catastral se indique en la Ley de Ingresos correspondiente.

Lo anterior, debido a que para la LX Legislatura la ocasión de revisar y aprobar las leyes de ingresos municipales es la oportunidad idónea para encuadrar el marco normativo que permitirá perfilar políticas sociales y recaudatorias con un criterio humanitario y con profundo compromiso social con los grupos más vulnerables.

Para lograrlo, era imprescindible dar claras muestras de ese compromiso en favor de quienes más necesitan el apoyo del Estado y en virtud de ese reconocimiento ampliar el monto máximo del subsidio a los adultos mayores de 60 años, jubilados, pensionados, personas discapacitadas e indígenas de los municipios de San Luis Potosí.

En el dictamen aprobado se señala, en la exposición de motivos, que de acuerdo a la información que proporciona el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) como resultado de los grandes cambios demográficos experimentados en México durante el siglo XX, la estructura por edad y sexo de la población está sufriendo cambios significativos; entre éstos destaca el inicio del proceso de envejecimiento demográfico que se expresa como un incremento relativo y absoluto de la población en edades avanzadas.

Asimismo, que datos proporcionados por la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, conforme al censo del 2010, la población indígena en el Estado de San Luis Potosí es de 344 mil 30 personas, conformada por hablantes de Náhuatl 179 mil 562; Tenek 149 mil 407; y Xi Ui, 15 mil 61; cantidades que sumadas representan el 13.3 por ciento de la población total del Estado que era de 2 millones 585 mil 518 personas.

Además, que en nuestro Estado había en el año 2010 aproximadamente 49 mil personas con discapacidad. De acuerdo a la Organización de las Naciones Unidas, la discapacidad es una condición que afecta la vida de un individuo o de un grupo; las personas con discapacidad son consideradas como un grupo vulnerable por las circunstancias sociales que fomentan la inequidad y la discriminación.

Por lo que al establecer la posibilidad de que a través de la ley se conceda una reducción del pago del impuesto predial, de conformidad con el mecanismo que establezca el municipios que corresponda, se acorta esa inequidad que con frecuencia se infligen a las personas con discapacidad, entre otras consideraciones.

Antes de este asunto, el pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones de Justicia; y Ecología y Medio Ambiente que reforma el Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de tipificar como delito el maltrato a los animales domésticos y establecer sanciones a los responsables de este tipo de conductas.

Con esta reforma se establecerá en el artículo 355, del capítulo V denominado Maltrato a los Animales del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, que comete este delito quien con ensañamiento o crueldad, por acción u omisión, maltrata animales domésticos, provocándoles lesiones que produzcan un menoscabo físico, o les cause la muerte.

Este delito será castigado con pena de tres meses a un año de prisión, y sanción pecuniaria de diez a cuarenta días de salario mínimo; e inhabilitación hasta por un año para el ejercicio de profesión si el delito lo cometiere un profesional en veterinaria o similar.

Para los efectos de este artículo se entiende por animal doméstico, aquel que se ha adaptado a vivir y convivir con las personas.

En el dictamen aprobado se indica, en la exposición de motivos, que esta reforma es debido a que cada año en San Luis Potosí miles de animales domésticos son víctimas de tratos crueles y degradantes, que sólo alcanzan notoriedad cuando son recogidos por la opinión pública, o bien, cuando en su comisión, la sevicia llega a tales niveles que se vuelven relatos espantosos que pasan de boca en boca y que sólo existen para efecto de provocar indignación, si acaso, en el imaginario colectivo.

Mascotas abandonadas que mueren de sed, otras arrojadas a contenedores de basura o a camiones compresores de la misma, otras más mutiladas o quemadas vivas para la supuesta diversión de algunos, otras golpeadas, ahorcadas o descuidadas premeditadamente con consecuencias fatales y vergonzosas para el género humano.

Si bien es cierto no hay estadísticas que documenten la necesidad de establecer el delito de maltrato animal, también lo es que existe legislación en nuestro país que ya ha resuelto con una visión filosófica, que esta problemática debe atenderse con una perspectiva más amplia e integral sobre el sentido de la dignidad de los animales domésticos con los que coexiste el ser humano.

Incluir este tipo penal no vulnera el principio de ultima ratio en virtud de que reclama la tutela sobre las conductas más graves en contra de los animales y, específicamente, de aquellos que coexisten con las personas.

El penalista español Juan Felipe Higuera Guimerá, citado por Marc García Solé sostiene que el bien jurídico tutelado en este tipo penal sería el "conjunto de obligaciones de carácter bioético que tiene el hombre para con los animales"; ello al reconocerse que someter a los animales domésticos a tratos crueles, degradantes o de abandono, violenta las condiciones que permiten una relación armónica y de equilibrio con el medio ambiente; además de que reconoce que los animales no son cosas sobre las cuales se puede abusar libre, o mejor dicho, impunemente.

Al tipificar en el Código Penal el maltrato a los animales domésticos como sujetos de esta protección, se prioriza la condición de frecuencia, vulnerabilidad y urgencia con que ocurren los ataques a los animales de este tipo. Por otra parte, la acción delictiva de maltratar consiste en ejecutar actos de violencia física o de abandono que causen al animal dolor o sufrimiento, que perjudiquen su salud o le provoquen la muerte; se establece además que el maltrato puede cometerse por acción (mutilar, golpear, asfixiar, por señalar algunas) o por omisión, cuando, en su caso, el propietario o poseedor del animal, no le procure las condiciones de higiene, movilidad, alimento, entre otras, que le provoquen al animal un menoscabo físico o la muerte.

Así, se tipifica y establece sanción para el delito en contra de los animales domésticos, mismo que se ubica en la Parte Especial del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, en el Título Vigésimo, capítulo V, con el artículo 355.

Posteriormente fue aprobado un punto de acuerdo presentado por el diputado Alejandro Lozano González para que el Congreso del Estado exhorte a las Legislaturas del país que no lo hayan hecho, realizar modificaciones legales tendientes a penalizar el maltrato de animales domésticos.

En la sesión ordinaria también se aprobó por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones de Salud y Asistencia Social; y Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología que reforma la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí, con la finalidad de armonizar el cuerpo normativo de salud local con la Ley General de Salud, a efecto de que aquel profesional de la salud que sea responsable de una investigación, deba suspender la misma en caso de que al momento de realizarla sobrevenga el riesgo de que al paciente se le ocasionen lesiones graves, invalidez o muerte.

Asimismo, queda establecida la responsabilidad de establecimientos o instituciones de salud, que proporcionen atención médica al sujeto que sufra algún daño, si tuviere relación directamente con la investigación enunciada, sin perjuicio de la indemnización que legalmente corresponda.

Ambas estipulaciones responden a la necesidad de asegurar dentro de los derechos del paciente, los principios de certeza y seguridad jurídica, al momento de que éstos acepten formar parte de un protocolo de investigación médica; además, que al mismo tiempo la institución de salud que aplique los procedimientos descritos, los realice con máximas medidas de seguridad en beneficio propio, y del paciente de forma primordial.

Fue aprobado por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones Primera; y Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal que reforma el párrafo segundo del artículo 7º de la Ley de Ingresos del municipio de San Luis Potosí, ejercicio fiscal 2013.

Con el objetivo de hacer armónico el concepto de personas con discapacidad con las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y las leyes, General de las Personas con Discapacidad; y Estatal para las Personas con Discapacidad, pues es esta acepción la que con exactitud aglutina las diferentes limitaciones funcionales que se registran en las poblaciones de todos los países del mundo.

En el dictamen aprobado se señala que actualmente el concepto que se maneja en la Ley de Ingresos del municipio de San Luis Potosí, ejercicio fiscal 2013, es de personas con capacidades diferentes y por ello la reforma correspondiente.

Se aprobó por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones Primera; y Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal que adiciona fracción II Bis al artículo 38 de la Ley de Ingresos de San Ciro de Acosta, ejercicio fiscal, 2013, referente a las multas por faltas al mando de policía y gobierno.

Fue aprobado por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones de Desarrollo Territorial Sustentable; y Gobernación que autoriza al ayuntamiento de Coxcatlán donar vehículo al Cebetis número 87.

Se aprobó por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones de Desarrollo Territorial Sustentable; y Gobernación que reforma el Decreto Legislativo 964, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de mayo 2012 que autorizó al ayuntamiento de Matehuala celebrar contrato de donación respecto de un predio de su propiedad a favor del Sistema Educativo Estatal Regular, a fin de establecer que el beneficiario de la donación tendrá un plazo de 12 meses para iniciar la obra, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto; y de 18 meses para concluirla, contados a partir del inicio de la obra.

Fue aprobado por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones de Desarrollo Territorial Sustentable; y Gobernación que reforma el artículo 3º del Decreto Legislativo 1185, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 9 de octubre de 2012, que autorizó al ayuntamiento de Cárdenas donar lotes de terreno propiedad municipal a favor de personas físicas de escasos recursos, con la finalidad de establecer que dicho municipio tendrá un plazo de 18 meses para llevar a cabo el procedimiento de escrituración a favor de los beneficiarios señalados en el artículo anterior, informando tal circunstancia al Honorable Congreso del Estado; plazo que iniciará a correr a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Se aprobó por mayoría, con 21 votos a favor, cero abstenciones y 3 votos en contra, el dictamen con proyecto de decreto que presentó la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología para que se inscriba el epígrafe "Carlos Jonguitud Barrios", en el muro de honor del Pleno del Honorable Congreso del Estado de San Luis Potosí.

Fue aprobado por unanimidad el dictamen con proyecto de resolución que presentaron las comisiones de Gobernación; y Justicia que desecha por improcedente escrito del ciudadano Jesús Federico Piña Fraga que solicitó revisar expediente queja 2948/2010 relacionada a presuntas irregularidades en la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP).

En la sesión ordinaria del pleno del Congreso del Estado también se turnó a las comisiones legislativas respectivas diversa correspondencia enviada por demás Poderes del Estado; ente paraestatal; ayuntamientos; Poder Federal; Poderes de otras entidades del país; particulares; iniciativas y puntos de acuerdo.

En asuntos generales el diputado Rubén Guajardo Barrera presentó un posicionamiento por la conmemoración del primero de mayo, Día del Trabajo.

El legislador José Francisco Martínez Ibarra presentó una iniciativa referente a la recuperación de la cartera vencida del Interapas, a fin de que haya facilidades para que los deudores paguen.

El diputado Miguel de Jesús Maza Hernández presentó una iniciativa para reformar la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí en materia de elección de consejeros del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana.

Los legisladores Eugenio Guadalupe Govea Arcos, Marianela Villanueva Ponce, Rosa María Huerta Valdez y J. Ramón Guardiola Martínez presentaron, por separado, un posicionamiento por los hechos ocurridos en la penitenciaría de La Pila del sábado pasado.

Agotados los asuntos agendados se citó al pleno del Congreso del Estado a sesión ordinaria programada a las 10 horas del jueves 9 de mayo del año en curso en el salón "Ponciano Arriaga Leija" ubicado en Jardín Hidalgo número 19.

 


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