Jueves, 25 de Abril de 2024
CIUDAD VALLES, S.L.P.
DIRECTOR GENERAL.
SAMUEL ROA BOTELLO
Semana del 17 de Diciembre al 23 de Diciembre de 2022

El entierro de los homicidios y feminicidios

El entierro de los homicidios y feminicidios



Quitar una vida de manera intensional está penado por las leyes potosinas con distintas sanciones económicas y de prisión, sin embargo, desde hace más de 5 años es casi un hecho que los culpables no sientan el rigor del brazo del Estado, ya que solo en 1 o 2 investigaciones los asesinos reciben un castigo por extinguir a otro ser humano.

Entre los años 2016 y 2021, el estado de San Luis Potosí las carpetas de investigación iniciadas por los delitos de homicidio doloso y feminicidio, alcanzaron una impunidad acumulada de 92.2 % y 79.1 %, respectivamente.

Así lo da a conocer a conocer el reporte "Impunidad en homicidio doloso y feminicidio 2022", a cargo de la organización Impunidad Cero, que informa en cuanto a los feminicidios, que la Fiscalía General del Estado potosina se ubica en el noveno sitio de impunidad acumulada, a nivel nacional.

Sin embargo, si se considera la impunidad directa en el año 2021, en este indicador la posición se agrava al pasar al lugar sexto con 87.5 %.

Respecto al homicidio doloso, añade que la impunidad acumulada es de 92.2 %, con lo cual se posiciona a la Fiscalía potosina en la posición 18, a nivel federal.

No obstante, y como sucede en el feminicidio, advierte que la impunidad directa del año pasado incrementa a 97 %, ubicándose en el noveno lugar.

CÓMO SE MIDE
Explica que se basa en la medición en sentencias condenatorias debido a que se trata de delitos que atentan contra la vida, por lo que no admiten mecanismos de solución de controversias.

Aclara que, aunque pueden concluir por otras salidas anticipadas, como el procedimiento abreviado, se debe dictar una sentencia.

"Es importante mencionar que la justicia para las víctimas no se reduce a la emisión de una sentencia que condene los actos. La justicia es un fenómeno más amplio que incluye el resarcimiento del daño para las víctimas y la garantía de no repetición", agrega.

Comenta que valorar de esa forma, es una medida de efectividad en la resolución de los delitos, y permite conocer las capacidades institucionales para resolver los casos con mayor impacto social, complejidad y de persecución prioritaria

DE VERGÜENZA
La investigación detecta que los estados con menor tasa de agencias especializadas en homicidio por cada mil víctimas de homicidio doloso fueron: Michoacán (0.4), Guerrero (0.7), Ciudad de México (1), San Luis Potosí (1.4), Sonora (1.6) y Zacatecas (1.8).

Además, que la entidad potosina tiene la tasa más baja de peritos por cada 100 mil habitantes al tener un indicador de 2; le sigue el Estado de México (4), Tlaxcala (4) y Veracruz (4).

En contraparte, las más altas fueron Baja California Sur (17), Colima (15), Quintana Roo (14) y Ciudad de México (14).

Tal como lo hizo Guanajuato, que actualmente es uno de los estados con más violencia del país, San Luis Potosí no reportó el número de policías de investigación, ya que lo clasificaron como información reservada.

Dice que, si bien los estados que poseen protocolos para investigar feminicidios o muertes violentas cometidas contra mujeres son mayoría, muchos de estos documentos no se encuentran actualizados.

Entre estos, se ubican los casos "más graves" que fueron Jalisco, Oaxaca, Sinaloa, Michoacán, Guanajuato, San Luis Potosí y Baja California, ya que emitieron sus protocolos entre 2011 y 2015 y no han vuelto a actualizarlos.

EJEMPLO NACIONAL
Como ejemplo de casos emblemáticos de feminicidio impune en la República Mexicana, Impunidad Cero hace mención de la potosina Karla Pontigo Luccioto, quien el 28 de octubre de 2012 acudió a trabajar en el centro nocturno Play Club, ubicado en la capital del estado.

Aproximadamente a las 02:50 horas su hermano Fernando recibió una llamada de empleados del antro en la que le informaban que Karla había sufrido un accidente. Cuando llegó al lugar la encontró con una herida en la pierna y desangrándose, después de 25 minutos llegó una ambulancia que la trasladó al área de urgencias del Hospital Central "Ignacio Morones Prieto", donde trataron de salvarle la vida.

Luego de 2 cirugías y 8 horas de trabajo en el quirófano, Karla falleció. El caso llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en donde la primera sala consideró que las autoridades encargadas de la averiguación previa no realizaron la investigación con enfoque de género, omitieron el entorno geográfico y social de los hechos, y determinó el derecho a la verdad,

Explica que la sentencia también destaca la necesidad de que las autoridades ministeriales, periciales y policiales investiguen la muerte violenta de las mujeres con perspectiva de género. Por ello, invalidó la consignación por homicidio culposo y ordenó al Ministerio Público realizar todas las diligencias con perspectiva de género.

Reporta que el asunto fue atraído por la Fiscalía General de la República (FGR) en febrero de 2022, a través de la Fiscalía Especial para Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA).

Ello, después de que el Juzgado Primero de Distrito se pronunciara por la existencia de conflicto de interés, por parte de la Fiscalía General del Estado para investigar y traer justicia a la familia de Karla.

CONCLUSIONES QUE DUELEN
Declara que la principal irregularidad en las investigaciones de feminicidio, es que en ninguna de las carpetas de investigación se inició por ese delito, lo que implica la ausencia de peritos especializados y falta de cuidado en la cadena de custodia.

Critica que en ninguno de los casos se tomaron en consideración las manifestaciones y testimonios de los familiares y amigos de las víctimas sobre las violencias que experimentaban antes de su asesinato.

Añade que el personal de las fiscalías o procuradurías estatales no explicó a los familiares las implicaciones de la investigación ni los derechos que tienen al considerarse ellos mismos como víctimas.

"Esto se traduce en que las fiscalías y procuradurías sean omisas en atender lo dispuesto por los protocolos nacionales e internacionales sobre muertes violentas de mujeres y feminicidio, así como la solicitud o desahogo de ciertas pruebas periciales tales como videos, reconstrucción de hechos, fotografía, entre otras".

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