www.excelsior.com.mx| | Lunes, 15 de Diciembre de 2025| 10:14
Las iniciativas en materia de pueblos indígenas, protección animal y maíz nativo siguen atoradas.
Legisladores durante sesión en el Senado de la República.
A pesar de la prisa que imprimió para aprobar nuevas disposiciones constitucionales en materia de pueblos indígenas, protección animal y maíz nativo, el Congreso de la Unión violó la Constitución al no cumplir con su obligación de emitir las leyes generales correspondientes, por lo que las tres reformas no tienen regulación para su aplicación total.
Además, de manera inédita, tiene congelada desde hace un año una reforma constitucional que ya cuenta con el apoyo de todos los congresos estatales, pero que el Senado se niega a declarar válida, por lo que las disposiciones constitucionales en materia de salarios mínimos no pueden ser aplicadas.
Hoy lunes cierra formalmente el primer periodo ordinario de sesiones del segundo año de trabajo de la LXVI Legislatura y los senadores y diputados federales dejaron en el olvido las leyes que harán realidad las reformas constitucionales en materia de comunidades indígenas, cuidado animal y protección del maíz nativo.
Ninguna de las comisiones de trabajo de ambas cámaras del Congreso registró avances sobre estos tres temas.
En vigor desde el 1 de octubre del 2024, es decir, desde hace 14 meses, la reforma constitucional en materia de protección de pueblos indígenas y afromexicanos debía contar con su ley general desde abril del 2025, pero dadas las diferencias que existen entre los grupos de trabajo, senadores y el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas, todavía no se ha podido concretar.
De acuerdo con el propio ordenamiento constitucional la Ley General debe regular, entre otros temas, la disposición de que los pueblos indígenas elijan, de acuerdo con sus sistemas normativos, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando que las mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho de votar y ser votados en condiciones de igualdad.
Así como a acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electos o designados, en un marco que respete el pacto federal, la soberanía de los Estados y la autonomía de la Ciudad de México. En ningún caso, sus sistemas normativos limitarán los derechos político-electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales.
Un año sin ley general en materia de protección y bienestar animal
En tanto, la reforma constitucional en materia de protección y bienestar animal está en vigor desde el 3 de diciembre del 2024; es decir, ya tiene un año, y desde junio debía contar con su ley general, pero el Congreso de la Unión no cumplió.
La reforma constitucional consiste en ordenar que "queda prohibido el maltrato a los animales. El Estado mexicano debe garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales, en los términos que señalen las leyes respectivas".
Y el régimen transitorio instruye al Congreso de la Unión a "expedir la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, considerando su naturaleza, características y vínculos con las personas, la prohibición del maltrato en la crianza, el aprovechamiento y sacrificio de animales de consumo humano y en la utilización de ejemplares de vida silvestre en espectáculos con fines de lucro, así como las medidas necesarias para atender el control de plagas y riesgos sanitarios".
En junio de este año sólo se aprobó una parte de esas instrucciones constitucionales sobre mamíferos marinos, pero sin que se emitiera la Ley General.
El Congreso de la Unión prohibió el espectáculo con delfines, focas, lobos marinos y todo tipo de mamíferos marinos y sólo se permitirá su posesión a los espacios de conservación y reproducción de especies, así como a los centros de investigación científica, siempre y cuando estén respaldados por las universidades e instituciones de educación superior.
La reforma dice que "queda prohibida la reproducción de los ejemplares de mamíferos marinos, salvo lo establecido en la fracción I del párrafo segundo del presente artículo. Para el caso de los ejemplares de mamíferos marinos destinados a la reintroducción o repoblación, estos no podrán ser objeto de exhibición ni de actividades con fines de lucro.
Dispone que "ningún ejemplar de mamífero marino puede ser sujeto de aprovechamiento extractivo, con excepción de la captura que tenga por objeto la investigación científica con fines de protección y conservación de dicha especie y población. La investigación debe ser realizada o avalada por una institución académica o de investigación con registro oficial y contar con un protocolo autorizado por la Secretaría".
Pero todo lo referente al resto de los animales salvajes, de compañía o de trabajo no está regulado, pese a que está ordenado por la propia Constitución.
Semillas y la reforma sobre el maíz nativo
Y de la reforma sobre el maíz nativo, la Constitución dice que el cultivo del maíz en el territorio nacional "debe ser libre de modificaciones genéticas producidas con técnicas que superen las barreras naturales de la reproducción o la recombinación, como las transgénicas.
Todo otro uso del maíz genéticamente modificado debe ser evaluado en los términos de las disposiciones legales para quedar libre de amenazas para la bioseguridad, la salud y el patrimonio biocultural de México y su población. Debe priorizarse la protección de la biodiversidad, la soberanía alimentaria, su manejo agroecológico, promoviendo la investigación científica-humanística, la innovación y los conocimientos tradicionales", dice.
Ordena al Congreso de la Unión a expedir "la legislación reglamentaria para planear, organizar y monitorear la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público", que no se ha cumplido, pese a que ya pasaron también los seis meses de plazo constitucional que tenía.
Sobre la reforma constitucional en materia de salario mínimo
Sobre la reforma constitucional en materia de salario mínimo, sólo los diputados federales y los senadores de Movimiento Ciudadano han realizado diversas peticiones formales al Senado para que realice la declaratoria de validez constitucional que tiene congelada desde noviembre del 2024, y pese a la insistencia, el Senado no cumple con su obligación y no ofrece explicación precisa sobre los fundamentos legales para frenar una reforma que ya tiene el respaldo de todo el llamado Constituyente Permanente, que está integrado por los 32 congresos de las entidades federativas.
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