Jueves, 19 de Abril de 2012
CIUDAD VALLES, S.L.P.
DIRECTOR GENERAL.
SAMUEL ROA BOTELLO

Conagua clausura el Ingenio Plan de San Luis por el caso de mortandad de peces en el río Valles

Conagua clausura el Ingenio Plan de San Luis por el caso de mortandad de peces en el río Valles

EMSAVALLES Noticias| San Luis Potosí, S.L.P.| Jueves, 19 de Abril de 2012| 14:49


Este día, en estricto apego a la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento, funcionarios de la Dirección Local San Luis Potosí de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), efectuaron la clausura del proceso generador de las descargas de aguas residuales provenientes del Ingenio Plan de San Luis, hasta en tanto se presente un programa de acciones preventivas, para evitar en lo futuro cualquier contingencia ambiental y se garantice su cumplimiento.

Esta acción se realizó como una medida de urgente aplicación por ser el río Valles una importante fuente de abastecimiento para el uso público urbano y que podría haber puesto en riesgo a las poblaciones que toman agua de este cauce.

Desde la semana pasada, personal técnico de la Dirección Local de Conagua, efectuó un recorrido por la zona donde ocurrió la mortandad de peces de la semana pasada, verificó las descargas del ingenio y recopiló muestras del agua de la descarga.

A pesar de que los resultados completos se tienen en un plazo de 9 días, por lo urgente del caso, se pidió al laboratorio certificado diera resultados parciales que permitieran actuar a la dependencia.

En los resultados obtenidos, se pudo observar que existen tres parámetros que se encontraban fuera de rango, como son coliformes fecales, demanda química de oxígeno y demanda bioquímica de oxígeno, mismas que sobrepasaban los límites máximos permitidos en su permiso de descarga, en la Ley Federal de Derechos y en la Norma Oficial Mexicana.

Es así que desde el día de ayer se notificó a los directivos del Ingenio el mandato de clausura pero negaron el acceso al personal de Conagua, por lo que fue necesario pedir el apoyo de la fuerza pública para realizar este día la diligencia.

Como ya se había comentado, de acuerdo al artículo 119 de la Ley de Aguas Nacionales, "La Autoridad del Agua" sancionará conforme a lo previsto por esta Ley, las siguientes faltas:

I. Descargar en forma permanente, intermitente o fortuita aguas residuales en contravención a lo dispuesto en la presente Ley en cuerpos receptores que sean bienes nacionales, incluyendo aguas marinas, así como cuando se infiltren en terrenos que sean bienes nacionales o en otros terrenos cuando puedan contaminar el subsuelo o el acuífero;

XIV. Arrojar o depositar cualquier contaminante, en contravención a las disposiciones legales, en ríos, cauces, vasos, lagos, lagunas, esteros, aguas marinas y demás depósitos o corrientes de agua, o infiltrar materiales y sustancias que contaminen las aguas del subsuelo;

XVII. Ocasionar daños ambientales considerables o que generen desequilibrios, en materia de recursos hídricos de conformidad con las disposiciones en la materia.

Es así que no se levantará la clausura en tanto el Ingenio Plan de San Luis no presente un programa de acciones preventivas, para evitar en lo futuro la ocurrencia cualquier contingencia ambiental que ponga en riesgo la flora y fauna nativa del río, así como la salud de la población, por lo que es necesario que la empresa garantice su cumplimiento total.

 


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