El nuevo ordenamiento, determina entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno para prevenir, investigar, juzgar y sancionar el delito de tortura
lasillarota.com| | Viernes, 29 de Abril de 2016| 14:01
El Senado de la República aprobó aprobó con 90 votos a favor y cuatro en contra, el dictamen que expide Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y que entre varias medidas contempla la obligación de los policías para utilizar un dispositivo satelital para monitorear la detención de un presunto delincuente, su traslado y su presentación ante el MP.
El nuevo ordenamiento, el cual fue enviado a la Cámara de Diputados, distribuye competencias y determina forma de coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno para prevenir, investigar, juzgar y sancionar el delito de tortura.
Especifica que las acciones, medidas, mecanismos y procedimientos, así como la planeación, programación e instrumentación de políticas públicas para la prevención de los delitos establecidos en esta Ley, serán diseñados, implementados y evaluados aplicando los principios de dignidad humana, debida diligencia, enfoque diferencial y especializado, no revictimización, perspectiva de género y transparencia y acceso a la información pública.
Puntualiza que este delito se investigará y perseguirá de oficio, por denuncia o vista de autoridad judicial; además de que el ejercicio de la acción penal y la sanción que se imponga judicialmente para este ilícito son imprescriptibles.
También precisa que no constituyen causas de exclusión del delito de tortura la obediencia a órdenes o instrucciones de un superior jerárquico que dispongan, autoricen o alienten su comisión, y señala que las órdenes de los superiores para cometer esta práctica son ilícitas, por lo que los subordinados tienen el deber de desobedecerlas y denunciarlas.
¿Qué se entiende por tortura?
En el dictamen aprobado se explica que un funcionario comete el delito de tortura cuando, a fin de obtener información o una confesión, cause dolor o sufrimiento físico o psíquico a una persona, cometa una conducta que sea tendiente o capaz de disminuir o anular la personalidad de la víctima o su capacidad física o psicológica, aunque no le cause dolor o sufrimiento y realice procedimientos médicos o científicos en un individuo sin su consentimiento, o sin el consentimiento de quien legalmente pudiera otorgarlo.
En ese sentido, los senadores aprobaron medidas para que el servidor público vinculado a proceso por el delito de tortura, se le imponga prisión preventiva y sea suspendido temporalmente de su encargo para no afectar la investigación.
La Ley estipula que se impondrá una pena de 10 a 20 años de prisión, y de 500 a mil días multa, al funcionario que incurra en alguna de las conductas establecidas.
glc
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