Redacción| Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Miércoles, 26 de Noviembre de 2025| 07:22
El Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE) de San Luis Potosí informó que se establecieron nuevas disposiciones para la continuación y conclusión de los procedimientos de responsabilidad administrativa y quejas iniciados originalmente por el Consejo de la Judicatura, los cuales ahora serán competencia del Tribunal de Disciplina Judicial.
Mediante el Acuerdo General TPJ/002/2025, el STJE precisó que todas las quejas iniciadas antes de la entrada en vigor de la nueva Ley Orgánica serán turnadas al Órgano de Investigación, una vez que dicho órgano quede formalmente instalado.
En el caso de los procedimientos radicados en los antiguos comités de investigación, la Visitaduría deberá remitirlos directamente al nuevo Órgano de Investigación para su trámite correspondiente.
Respecto a los procedimientos de responsabilidad administrativa, específicamente aquellos donde el servidor público ya fue notificado para la audiencia prevista en el artículo 185, fracción I, de la abrogada Ley Orgánica del Poder Judicial, se definió el siguiente tratamiento:
Los casos en trámite serán turnados al Secretario General del Tribunal para su debido seguimiento.
Los asuntos en estado de resolución serán enviados al Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial, que será el órgano encargado de emitir la resolución correspondiente.
Además, todos los trámites y expedientes relacionados con excitativas de justicia, cuya competencia pertenecía a la presidencia del extinto Consejo de la Judicatura, serán enviados a la Presidencia del Tribunal, que ahora deberá resolverlos.
En cuanto a los asuntos relacionados con magistraturas, estos deberán ser remitidos sin demora al Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, por ser el órgano competente para resolverlos.
El STJE explicó que el objetivo principal de estas determinaciones es garantizar la continuidad institucional y asegurar que todos los procedimientos administrativos, disciplinarios, quejas y actos de investigación iniciados ante el extinto Consejo de la Judicatura se concluyan conforme a la normatividad vigente.
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