200 años del nacimiento de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial a nivel estatal: Dip. Cuauhtli Badillo Moreno.
Emsavalles| San Luis Potosí, S.L.P.| Jueves, 18 de Diciembre de 2025| 12:59
Como un reconocimiento a la cuna del establecimiento de los cimientos de la vida pública en el Estado, así como la delimitación de un territorio la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de San Luis Potosí declaró, "2026, Año del Bicentenario de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí"
La propuesta, fue presentada por los diputados Cuauhtli Badillo y Marcelino Rivera, señala que San Luis Potosí, instaló su Primer Congreso Constituyente el 21 de abril de 1824, gracias a las labores de preparación de la diputación provincial.
Fue esa legislatura constituyente la encargada de redactar lo que se convertiría en la Primera Constitución del Estado Libre de San Luis Potosí, aprobada en dos ejemplares el lunes 16 de octubre de 1826, publicada al día siguiente y finalmente leída y jurada en el salón de sesiones, en presencia de los máximos representantes de la vida pública en nuestra entidad.
Cabe hacer mención que la aprobación de la Constitución de 1826 por parte del Congreso Constituyente no fue una labor sencilla. Se tiene constancia de que en todo el Estado se promovió la participación de personas interesadas para que aportaran ideas en la redacción, así como de la existencia de sugerencias del ayuntamiento de la capital y de que se presentaron al menos dos proyectos completos, ambos en 1825, uno denominado "Ensayo de una Constitución política que ofrece a todos los habitantes del Estado libre de la Luisiana Potosinense, unido a la Federación mexicana el ciudadano Manuel María Gorriño y Arduengo", diputado constituyente, y otro elaborado por los integrantes de la Legislatura en funciones.
Hay que señalar que la Constitución de 1826 se dividió informalmente en dos secciones, siendo la primera una breve parte de generalidades y la segunda subdividida en tres, una por cada poder.
Asimismo abordó temas como la esclavitud o el debido proceso; estableció las bases de la figura de ciudadanía, marcó la inviolabilidad de las opiniones de los diputados; definió los procesos de elección, así como los protocolos para tomar posesión de los altos cargos; impuso en su texto los derechos libertad, igualdad, propiedad, seguridad y el derecho de petición.
En este apartado, el constituyente dejó establecidos los cimientos de la vida pública en el Estado, al declarar que habitantes nacidos o avecindados del Estado de San Luis Potosí y los territorio son quienes forman el Estado, que a su vez conforma la federación; que su gobierno es representativo, popular, federal y republicano.
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